Ante los infortunios es complicado ponerse a actuar. Por eso existen en el mundo las aseguradoras, tanto para automóviles como para mobiliario, tecnología y hogares. Sin embargo, son muchas las dudas que surgen acerca del funcionamiento de las aseguradoras en Argentina.
En esta nota de NEA HOY te contamos cómo funcionan las aseguradoras en el país, cuánto tiempo tardan en pagar ante un siniestro, cómo se determina si acepta o rechaza un siniestro y qué otras cuestiones estipula la norma argentina sobre los seguros.
¿Cómo funcionan los seguros en Argentina?
En Argentina, los seguros funcionan bajo una regulación establecida por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), organismo encargado de supervisar y controlar la actividad aseguradora en el país. Los seguros se rigen principalmente por la Ley de Seguros Nº 17.418, que establece los derechos y obligaciones tanto para las compañías aseguradoras como para las personas aseguradas. Para contratar un seguro, es necesario acudir a una compañía aseguradora autorizada por la SSN. La persona asegurada debe proporcionar la información necesaria sobre el bien o riesgo a asegurar, así como los datos personales correspondientes. A partir de esta información, la compañía evaluará el riesgo y determinará el costo de la póliza.
Existen diferentes tipos de seguros en Argentina, como los seguros de automóviles, seguros de vida, seguros de hogar, seguros de salud y seguros de responsabilidad civil, entre otros. Cada uno de ellos tiene características y coberturas específicas que se ajustan a las necesidades del asegurado. Una vez contratado el seguro, la persona asegurada debe pagar una prima periódica establecida por la compañía aseguradora. En caso de sufrir un siniestro cubierto por la póliza, la persona asegurada tiene derecho a presentar un reclamo a la compañía, la cual deberá evaluar el caso y proceder a indemnizar al asegurado de acuerdo con los términos y condiciones estipulados en la póliza.
¿Qué dice la Ley de Seguros de Argentina?
La Ley de Seguros Nº 17.418 regula la actividad aseguradora en Argentina. Esta ley establece los derechos y obligaciones tanto para las compañías aseguradoras como para los asegurados. Para contratar un seguro, se debe acudir a una compañía autorizada por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN).
La ley establece que las compañías aseguradoras deben proporcionar información clara y precisa sobre las coberturas y exclusiones de la póliza. Además, se establece un plazo para resolver los reclamos presentados por los asegurados. Los asegurados deben pagar una prima periódica y, en caso de siniestro cubierto por la póliza, tienen derecho a recibir una indemnización de acuerdo con los términos y condiciones estipulados. La SSN es la encargada de supervisar y controlar la actividad aseguradora en el país, garantizando el cumplimiento de la ley y la protección de los derechos de los asegurados.
¿Cuál es el plazo que tiene una aseguradora en Argentina para aceptar o rechazar un siniestro?
Según la Ley de Seguros, no existe un plazo específico establecido para que una aseguradora acepte o rechace un siniestro. Sin embargo, la normativa establece que las compañías aseguradoras deben resolver los reclamos presentados por los asegurados en un plazo razonable.
En general, se espera que las compañías aseguradoras realicen una evaluación completa y adecuada del siniestro presentado por la persona asegurada, lo cual puede implicar la realización de investigaciones, análisis de documentación y peritajes en algunos casos. Este proceso puede llevar cierto tiempo, pero se espera que se realice de manera diligente. Es importante destacar que, en caso de que la aseguradora no responda dentro de un plazo razonable o se considere que la respuesta no es satisfactoria, las personas aseguradas tienen derecho a presentar un reclamo ante la SSN para buscar una solución.
¿Cómo realizar un reclamo ante la SNN si la aseguradora no se expide ante un siniestro?
Para presentar un reclamo ante la SSN, es necesario seguir ciertos pasos. En primer lugar, se recomienda agotar todas las instancias de diálogo y comunicación directa con la aseguradora, documentando todas las gestiones realizadas y conservando copias de la correspondencia, contratos, pólizas y cualquier otro documento relevante. Una vez que se haya agotado esta instancia y la aseguradora no haya respondido de manera satisfactoria, la persona asegurada puede presentar el reclamo ante la SSN. Para ello, se debe completar un formulario de denuncia o reclamo. En este formulario, es necesario proporcionar información detallada sobre el siniestro, la aseguradora involucrada y los datos personales del reclamante.
El reclamo debe ser presentado ante la SSN junto con toda la documentación respaldatoria y las pruebas pertinentes, que respalden la existencia del siniestro y las gestiones realizadas ante la aseguradora. Una vez presentado el reclamo, la SSN evaluará la situación y tomará las medidas necesarias para mediar en el conflicto y buscar una solución.
Es importante destacar que la presentación de un reclamo ante la SSN no implica automáticamente una indemnización, sino que la Superintendencia actúa como intermediario y busca una solución justa para ambas partes. La SSN emitirá una resolución final en base a las pruebas y testimonios presentados, y las partes deberán acatar dicha resolución.
Si la aseguradora aceptó el siniestro, ¿cuál es el plazo para pagar?
Según la Ley de Seguros, si la aseguradora ha aceptado el siniestro, existen plazos establecidos para el pago de la indemnización a la persona asegurada.
En los seguros de daños patrimoniales, el crédito del asegurado debe ser pagado dentro de los quince días de fijado el monto de la indemnización o de la aceptación de la indemnización ofrecida, una vez vencido el plazo del artículo 56. En los seguros de personas, el pago se realizará dentro de los quince días de notificado el siniestro, o de la presentación de la información complementaria requerida. Es importante destacar que el convenio que exonere al asegurador de su responsabilidad por mora es nulo según la normativa. Además, la persona asegurada tiene derecho a solicitar un pago a cuenta si el procedimiento para establecer la prestación debida no se ha concluido un mes después de notificado el siniestro, y este pago a cuenta debe ser al menos la mitad de la prestación reconocida u ofrecida por la aseguradora.
En caso de que la demora sea causada por la persona asegurada, el plazo se suspende hasta que cumpla con las obligaciones establecidas por la ley o el contrato. Se considera que el asegurador incurre en mora automáticamente por el solo vencimiento de los plazos establecidos en la normativa.
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