El próximo 29 de junio, Formosa enfrentará un proceso electoral clave no solo para definir su futuro político. Ese día se definirá no solo la composición de la mitad de la Legislatura provincial, sino también algo mucho más profundo: el rumbo constitucional de la provincia. La ciudadanía formoseña elegirá convencionales constituyentes , quienes tendrán en sus manos la tarea de reformar la Constitución Provincial, que tendrá como principal eje fijar un límite en cuanto a la reelección de los cargos de Gobernador y Vicegobernador (artículo 132 de la actual Constitución), además de tratar otras temáticas como la paridad de género en cargos legislativos provinciales y municipales, y los derechos de cuarta generación (vinculados con nuevas tecnologías, ambiente, acceso a la información y protección de datos personales), entre otros.
En Santa Fe la participación del padrón electoral fue del 55,6 %, donde las elecciones constituyentes registraron una baja y en Formosa quieren evitar esto. El objetivo es claro, evitar que las personas tengan que sufragar tantas veces y también fomentar la masividad que le de legitimidad a la elecciones, es decir, que la mayor parte de los formoseños elija sobre el destino de su provincia al emitir su voto.

El eje de la reelección indefinida
El fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que declaró inconstitucional el artículo 132 de la Constitución de Formosa por permitir la reelección indefinida del Gobernador y Vicegobernador, puso en el centro del debate un tema crucial que será tratado en la próxima reforma constitucional.
Si bien la Corte aclaró que la reelección en sí misma no es inconstitucional, sí lo es su carácter indefinido y deben establecerse límites en los mandatos. Este fallo no anula el mandato actual de Gildo Insfrán (que concluirá en 2027), pero obliga a reformar la Carta Magna provincial para establecer límites claros.
Qué dice el artículo 132 de la Constitución de Formosa
Este artículo de la Constitución Provincial de Formosa señala lo siguiente:
- Artículo 132: «El Gobernador y el Vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, y podrán ser reelectos». Desde la mirada de diferentes constitucionalistas, este artículo, al no mencionar un límite temporal, no impide la reelección de los candidatos a la Gobernación.

La batalla por la reforma constitucional
El proceso de reforma ya está en marcha desde octubre de 2024, cuando Gildo Insfrán se anticipó al fallo de la Corte llamando a reformar la Carta Magna provincial. Con 30 convencionales en juego, la mayoría simple (16 votos) definirá el texto final. Esto abre un escenario donde tanto el oficialismo como la oposición tendrán la oportunidad de plasmar su visión sobre la reelección (tema central) y otros temas clave, como la paridad de género y derechos de cuarta generación como se mencionó anteriormente.
A pesar de que la oposición había criticado durante años la reelección indefinida y había utilizado los eventos en San Juan y Tucumán para apoyar su postura, sorprendentemente votó en contra de la reforma. Para contextualizar, la Corte Suprema de Justicia suspendió el 9 de mayo de 2023 las elecciones a Gobernador y otros cargos en San Juan y Tucumán debido a impugnaciones de la oposición contra las candidaturas de Sergio Uñac (San Juan) y Juan Manzur (Tucumán), quienes buscaban una nueva reelección.
En Tucumán, la Constitución no le permitía al Gobernador postularse tras dos mandatos consecutivos, pero establecía que un Vicegobernador si podía ser reelegido. En San Juan, la Constitución permitía hasta tres mandatos consecutivos, a diferencia de la mayoría de las provincias y del régimen nacional, que solo permiten dos. En 2025 la oposición formoseña enfrenta el desafío de llevar propuestas concretas a la convención e ir más allá de modus operandi que se basa en denuncias. Por su parte, el oficialismo busca consolidar un marco legal que se ajuste a lo dispuesto por la Corte pero que se defina a partir del voto de los y las formoseñas.

La postura cambiante de la Corte
En el marco de los debates que resurgen sobre los límites a la reelección que dispuso la Corte en distintos puntos del país, resulta pertinente revisar los antecedentes y posturas que marcaron la historia política de Formosa. En una entrevista brindada el año pasado a NEA HOY, el abogado formoseño William Dardo Caraballo señaló a este medio que, durante la reforma constitucional del 2003, planteó, junto a otros convencionales, la inconstitucionalidad del artículo 132 que permite la reelección indefinida. Tras este planteo, la Corte Suprema se pronunció en 2005 y no habilitó el planteo por considerar que no existía una causa federal. En 2013, nuevamente, el máximo órgano judicial volvió a rechazar un planteo de inconstitucionalidad presentado por el Partido Obrero y dijo que se trataba de «una cuestión propia del derecho provincial y que la Nación no tiene injerencia sobre los asuntos provinciales”.
Hoy, en otros tiempos y con ciertos cambios en determinadas provincias como hemos visto, la Corte Suprema que indica es que se debe fijar un límite para una reelección, sin embargo cabe aclarar que la reforma constitucional está netamente en manos de los formoseños.

La importancia de votar
El llamado es a no repetir el escenario de Santa Fe, donde la apatía electoral restó legitimidad al proceso. En Formosa, la elección del 29 de junio no solo definirá el rumbo de la reforma constitucional, sino que será un termómetro de la salud democrática de la provincia. Ahora, corresponde a la ciudadanía ejercer ese poder con responsabilidad y participación masiva. Porque en democracia, el peor error es creer que el voto no importa.
ADEMÁS EN NEA HOY:
Alberdi: el cruce fronterizo con Formosa estará cerrado el Viernes Santo
Día Internacional de las Luchas Campesinas: un año sin INAFCI