Ayer jueves, el Gobernador chaqueño, Jorge Capitanich, firmó el Decreto N° 536/23, que define las fechas de las elecciones en Chaco que incluye las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), Elecciones Generales y, en caso de ocurrir, la realización de una segunda vuelta para elegir a la o el gobernador y la o el vicegobernador de la provincia.
El documento rubricado por el jefe del Ejecutivo Provincial y por el Ministro de Gobierno y Trabajo, Juan Manuel Chapo, establece que las PASO se realizarán en todo el territorio provincial el 18 de junio del 2023, con el objetivo de elegir a las y los candidatos a gobernador y vicegobernador y a dieciséis candidatos a Diputados Provinciales y suplentes.
Además, el documento convoca al electorado de la provincia a elegir gobernador, vicegobernador y dieciséis diputados provinciales y sus respectivos suplentes para el 17 de septiembre de 2023.
En caso de corresponder y de realizarse una segunda vuelta para las elecciones en Chaco que corresponden a Gobernador y Vicegobernador, será el 8 de octubre. El Decreto en cuestión invita a los municipios de la provincia a unificar sus respectivas elecciones para los días 18 de junio y 17 de septiembre, respectivamente. Finalmente, deja sin efecto en todas sus partes, al Decreto N° 3087/22.
Elecciones en Chaco: el documento
Entre los considerandos del documento, se explicita que el 10 de diciembre de 2023 caducan los mandatos del gobernador y de la vicegobernadora de la provincia, y con ellos, los 16 diputados provinciales, todas y todos los intendentes y las y los concejales provinciales.
“El Decreto invita a los municipios de la provincia a unificar sus respectivas elecciones para los días 18 de junio y 17 de septiembre, respectivamente”
También, conforme la Ley Electoral Provincial Nº 834-Q, en sus Artículos 48 y 49; y la Ley Nº 2073- Q, en su Artículo 3°, y en virtud de lo establecido mediante la Sentencia N° 23 de fecha 13 de marzo de 2023, del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, se faculta al Poder Ejecutivo a convocar a elecciones en Chaco, en los casos y los tiempos determinados en la Constitución Provincial o la Ley que con arreglo a la misma rige en la materia.
Asimismo, se fundamenta que resulta procedente invitar a todos los Municipios de la Provincia del Chaco a unificar las fechas de las elecciones municipales con las que se determinan el Decreto.
🔴#Chaco tendría PASO este año:
Comunicado del STJ chaqueño y sentencia completa 🔗https://t.co/BQJWrKjRG7 https://t.co/pH5lr0rkvg
— Elecciones Argentina 2023 🇦🇷 (@ArgElecciones) March 13, 2023
Y, de conformidad con lo antes expuesto y de acuerdo con lo dispuesto en los Artículos 90, incisos 3), 4), 5) y 6), 97 y 141, inciso 6 de la Constitución Provincial (1957-1994); lo establecido en la Ley Provincial 2073-Q; y lo previsto en la Ley Electoral Provincial 834-Q, en los Artículos 48, 49, 148 y concordantes, resulta pertinente el dictado del Decreto 536.
¿Qué pasó con las PASO?
Si bien se había aprobado en la Legislatura una ley que suspendía las primarias por un año y habilitaba las colectoras, el Superior Tribunal de Justicia decidió anular la ley por lo que había quedado en duda cómo se iba a saldar la cuestión. Ayer se definió que se acatará el mandato judicial.
Fuente: Chaco.gov
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