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La Reforma Laboral es ley y elimina múltiples derechos de los trabajadores

Desde establecer que el trabajador pague por su posible despido o bien que con su sueldo afronte los juicios laborales que tenga su empleador hasta rebajas salariales, la Reforma plantea una serie de retrocesos que afectarán la vida laboral de millones.
Foto: Página 12.

Es ley la Reforma Laboral, luego de una votación en el Senado que finalizó con 42 Votos afirmativos, 28 votos negativos, y dos abstenciones. Los libertarios contaron con el acompañamiento del PRO, la UCR y los partidos provinciales aliados, en una jornada caracterizada por la movilización y protesta de sectores del sindicalismo frente a un Congreso completamente vallado.

Durante el debate el oficialismo prácticamente no habló. La casi totalidad de los discursos fueron de los senadores opositores que argumentaron el rechazo a la Ley. El jefe del bloque Justicialista, el Senador José Mayans, fue uno de los más duros; “Es una ley gorila, hecha por gorilas”, dijo sobre el proyecto del oficialismo y pronosticó que irá “derecho a conflicto judicial” porque “lo que empezó mal, termina mal”.

La votación que obtuvo la mayoría aceptó el proyecto aprobado en Diputados que eliminó la rebaja salarial de las licencias médicas.

Rebajas salariales e indemnizaciones

Entre las principales modificaciones aparece la eliminación del pago de horas extras y se crea un Banco de Horas, donde los trabajadores tendrán solo días compensatorios. Los días de vacaciones, ahora, los elegirá el patrón.

Respecto a las indemnizaciones por despidos justificados o injustificados ya no serán según el convenio de cada sector, sino que para indemnizar se tendrán en cuenta el salario básico, la antigüedad y demás sumas legales, pero no las horas extras, ni las gratificaciones extraordinarias. Para el caso de los despidos “sin causa”, la indemnización será equivalente a solo un mes de sueldo por cada año de servicio, tomando como parámetro el mejor sueldo del último período.

Los certificados médicos también sufrirán cambios. Si bien se eliminó el artículo 44 que establecía cambios en el régimen de licencias por enfermedad, tendrán plena validez los certificados digitales. Eso sí, la empresa podrá verificar los diagnósticos, aceptar o no su validez, aceptar o no el alta médica y aprobar o no las ausencias por enfermedad. Si no las acepta, podrá aplicar sanciones o dar de baja el vínculo laboral.

Derecho a huelga y convenios colectivos de trabajo

La reforma también pone un freno a los derechos sindicales. Por ejemplo, se establece que las asambleas de trabajadores que se realicen en horarios de trabajo sean sólo con el permiso expreso del empleador. Además, se les recorta a los delegados la protección que tienen por tareas sindicales. Sólo se les dispensará hasta 10 horas mensuales retribuidas por el ejercicio de sus funciones en horarios de trabajo. También, se considerarán “infracciones muy graves” a los bloqueos de plantas y distintas prácticas de protesta.

El oficialismo obtuvo el apoyo del PRO, UCR y partidos provinciales. Foto: LPO.

Además, se avanza sobre el cercenamiento del derecho a huelga en actividades declaradas como “servicios esenciales” y “servicios trascendentales”. En los primeros, se deberá garantizar una cobertura mínima del 75 por ciento y en los segundos una del 50 por ciento.

Los convenios colectivos también sufrirán los cambios, porque a partir de ahora cada empresa podrá negociar condiciones inferiores al piso establecido por el convenio de una rama. Hasta ahora, un sindicato nacional negociaba un piso de derechos para toda la rama. Es decir, que si una empresa lo desea, tendrá el aval legal de pagar menos dinero sin sufrir algún tipo de acción en la Justicia.

Indemnizaciones en cuotas, empleadas domésticas y peones rurales

Con el argumento del supuesto combate a “la industria del juicio” y la litigiosidad laboral, el Gobierno puso al fuero laboral al borde de su puerta de salida, porque el proyecto de le transfiere a la Ciudad de Buenos Aires la competencia laboral, que en la actualidad está a cargo de la Justicia Nacional del Trabajo, un fuero que reconoce al trabajador como el eslabón más débil.

Las Sentencias judiciales también tendrán modificaciones. A partir de ahora, los empresarios podrán pagarlas en 12 cuotas mensuales y consecutivas (para el caso pequeñas y medianas empresas) y en seis cuotas mensuales y consecutivas (para el caso de las grandes empresas).

El proyecto también le cae a las empleadas domésticas y a los peones rurales. Extiende a seis meses el período de prueba para quienes trabajan en casas particulares, y a 8 meses para los peones. Durante ese tiempo, un peón podrá ser despedido sin causa y sin tener el derecho de exigir una indemnización.

Fuente: Página 12

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