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Miércoles 01 de mayo de 2024
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¿Cómo poner un familiar a cargo en mi obra social en Argentina?

Por ley las personas que trabajan en relación de dependencia y las adheridas al monotributo deben tener una obra social y pueden añadir a familiares.

Por ley las personas que trabajan en relación de dependencia y las adheridas al monotributo deben tener una obra social y pueden añadir a familiares.

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Cuando se ingresa a un trabajo nuevo las preguntas sobre la obra social siempre están sobre la mesa. En las búsquedas laborales se ofrece como beneficio obra social para todo el grupo familiar o, mínimamente, para la pareja. Es que la extensión de la obra social a los familiares es un tema que importa mucho a las y los argentinos actualmente. 

En esta nota de NEA HOY te contamos en qué casos se puede adherir a un familiar a la obra social, cómo ponerlos a cargo, qué requisitos hay que cumplir y cómo se realiza el trámite.

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¿Quiénes pueden acceder a una obra social?

La Ley 23.660 de obras sociales establece que éstas tienen que cubrir todas las prestaciones del Programa Médico Obligatorio. La cobertura incluye desde prestaciones maternales, de prevención de cáncer, odontología, hasta internaciones, salud mental, rehabilitación y medicamentos. 

Según la ley, deben estar afiliados a una obra social las y los trabajadores en relación de dependencia, el grupo familiar primario de ella o él, las y los jubilados y pensionados y su grupo familiar primario, las y los beneficiarios de pensiones no contributivas y su grupo primario.

¿Qué es el grupo familiar primario?

El grupo familiar primario al que le corresponde adherir a la obra social incluye a las personas que conviven con la o el trabajador en relación de dependencia. Pueden sumarse a la cobertura de la obra social los cónyuges; las y los hijos solteros hasta 21 años; las y los hijos solteros entre 21 y 25 años, inclusive, a cargo de la o el titular con certificado de estudio; las y los hijos mayores de 21 años con incapacidad y las y los menores en guarda o tutela. 

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¿Cómo adherir a una hija o hijo a la obra social?

Para sumar a una hija o hijo a la obra social se debe presentar una fotocopia del DNI de la o el titular y el de la persona que se quiere adherir, las partidas de nacimiento y/o el certificado de embarazo. Generalmente este trámite se realiza de manera presencial, pero puede variar la modalidad según cada obra social. Solamente es necesario que concurra la persona titular. 

Es importante aclarar que las y los hijos solo pueden tener una obra social de sus progenitores. Es decir, que si los padres y/o madres tienen diferentes obras sociales, deberán elegir solamente una para afiliar a las y los hijos. 

¿Se puede adherir a la pareja a la obra social?

Se puede adherir también a la pareja de la o el titular de la obra social. Para hacerlo es necesario cumplir con una de estas dos condiciones: estar casados o bajo una unión civil matrimonial o ser convivientes y tener certificado probatorio expedido por la Policía, el registro civil o escribano público.  

La documentación necesaria para realizar el trámite es la constancia de matrimonio, unión o convivencia y las fotocopias de los DNI de ambas personas. Es requisito excluyente que la pareja que se adhiere no tenga una obra social activa. 

¿Tienen obra social las personas monotributistas?

Las personas adheridas al monotributo y las monotributistas sociales tienen el derecho y la obligación de elegir y pagar una obra social. De este modo, también pueden asociar a familiares a la obra social. Para hacerlo deben ingresar a la página oficial de la AFIP en la sección Monotributo y dar click en Comenzar, allí ingresar el número de CUIT y clave fiscal. Una vez dentro, ir a la opción Datos del monotributo, Modificar mis datos. Allí se solicitarán los datos de la persona familiar que se desea agregar a la obra social. Finalmente, se obtiene el formulario de modificación de datos y la nueva credencial de pago. 

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¿Cómo adherir a un familiar a la obra social desde la página de la ANSES?

Las y los trabajadores en relación de dependencia deberán avisar a su empleador para que sume a sus familiares al comenzar la relación laboral. Sin embargo, también se puede hacer este trámite una vez comenzada la misma a través de la página de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). 

Para añadir un familiar a la obra social desde la página de la ANSES es necesario contar con el documento PS 5.3 correspondiente a la Declaración Jurada del Trabajador y su Grupo Familiar Adherido al Sistema Nacional del Seguro de Salud, el último recibo de sueldo, documentación para acreditar el vínculo con el nuevo familiar a cargo y el DNI actualizado.

En primer lugar se debe ingresar a la aplicación Mi ANSES y revisar tus datos. En caso de que existan información incompleta o errónea, deberás presentar la documentación en la sección “Atención Virtual”. Luego, ingresar a la sección “Atención Virtual”, con tu clave fiscal y elegir la opción “Solicitud de cambio de obra social” para añadir los datos de la o el nuevo familiar adherido.

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