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Martes 14 de mayo de 2024
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¿Cómo se calcula el plus vacacional en Argentina?

Toda persona que trabaja en relación de dependencia en Argentina tiene derecho a gozar de vacaciones pagas anuales y recibir ese monto con anticipación.

Toda persona que trabaja en relación de dependencia en Argentina tiene derecho a gozar de vacaciones pagas anuales y recibir ese monto con anticipación.

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Al momento de tomar vacaciones, las y los trabajadores en relación de dependencia tienen el derecho de cobrar sus vacaciones pagas con anterioridad. Esto se conoce como plus vacacional. 

En esta nota de NEA HOY te contamos cómo calcular el plus vacacional, cuándo se debe cobrarlo, un ejemplo de cálculo del plus vacacional y otros datos que tenés que saber al momento de pedir vacaciones en Argentina. 

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¿Cómo funciona el régimen de vacaciones en Argentina?

Toda persona que trabaja en relación de dependencia en Argentina tiene derecho a gozar de vacaciones pagas anuales, según lo establecido en la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo. Para calcular las vacaciones hay que tener en cuenta dos factores muy importantes: la cantidad de días trabajados durante el año y la cantidad de años de antigüedad en el lugar de trabajo. 

La ley establece en el artículo 151 que para acceder al beneficio de vacaciones, el trabajador o trabajadora deberá como mínimo haber prestado servicios durante la mitad de los días hábiles del año. Cuentan como días trabajados tanto los feriados comprendidos en el período y los días de licencia legal o enfermedad con aviso. 

Es importante aclarar que esta forma de calcular vacaciones aplica a toda persona en relación de dependencia salvo a los trabajadores de la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal. Por ley es considerado “trabajador” a la persona física que preste servicios en favor y dependencia de otra persona mediante el pago de una remuneración, bajo cualquier modalidad de contrato: a tiempo parcial, a plazo fijo, de trabajo de temporada, eventual, trabajo de grupo o equipo o Teletrabajo.

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¿Qué es el plus vacacional?

Parte importante del derecho a las vacaciones en Argentina es el hecho de que quien emplea está obligado a pagarle a su trabajador o trabajadora durante ese período. El pago de las vacaciones deberá efectuarse al inicio de las mismas y dependerá de la manera de retribución del trabajo en relación de dependencia:

  • En caso de remuneración mensual, el cálculo es el sueldo mensual bruto que percibe el trabajador o trabajadora al momento de las vacaciones dividido por 25 y multiplicado por la cantidad de días de vacaciones correspondientes según la antigüedad. 
  • En caso de remuneración por día o por hora, se abonará por cada día de vacación el importe que le hubiere correspondido percibir al trabajador o trabajadora en la jornada anterior a la fecha en que comience en el goce de las vacaciones.
  • En caso de salario a destajo, comisiones individuales o colectivas, porcentajes u otras formas variables, de acuerdo al promedio de los sueldos devengados durante el año que corresponda al otorgamiento de las vacaciones o, a opción del trabajador, durante los últimos seis meses de prestación de servicios.

El sueldo, remuneración por día o salario a destajo comprende todo lo que el trabajador o trabajadora perciba por trabajos ordinarios o extraordinarios, bonificación por antigüedad u otras remuneraciones accesorias.

Entonces, el plus vacacional es esa remuneración extra que se paga a los trabajadores y trabajadoras que tienen salarios mensuales. Es la diferencia de valor del día ordinario de trabajo y el valor del día de vacaciones. Como explicamos antes, la retribución por vacaciones se hace calculando la división del sueldo bruto mensual por 25. Los días ordinarios de trabajo se calculan dividiendo el sueldo mensual por 30, lo que da un resultado menor al anterior cálculo. La diferencia entre estos dos montos es lo que se conoce como plus vacacional.

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¿Si renuncio y me quedan vacaciones tengo plus vacacional?

En caso de cese del contrato de trabajo, el trabajador o trabajadora tiene derecho a percibir una indemnización equivalente al salario correspondiente al período de vacaciones proporcionales a la fracción del año trabajado. Es decir, si una persona trabajó de enero a octubre le corresponde el plus vacacional de 10 días de vacaciones a razón de 1 día de vacación por cada 20 días hábiles trabajados.

¿Cuántos días me corresponden de vacaciones?

Antigüedad Días corridos de vacaciones
Mayor a seis meses y no más de cinco años 14
Mayor a cinco años y no más de 10 años 21
Mayor a 10 años y no más de 20 años 28
Más de 20 años 35

 

¿Qué plus vacacional me corresponde según mis vacaciones?

El plus vacacional surge como la diferencia de pagar el adelanto de vacaciones con un valor diario mayor (base 25) y descontar los días trabajados a un valor diario menor (base 30). La página web IgnacioOnline.com tiene una calculadora de plus vacacional según salarios.

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