El 29 de marzo de 2017 el Senado y la Cámara de Diputados reunidos en el Congreso, sancionaron la Ley Nº27.350 o de Investigación Médica y Científica del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus Derivados.
Luego de años de lucha de organizaciones civiles y autoconvocados, se logró que en Argentina se pusiera en agenda y se comenzara a investigar los componentes del cannabis para su uso medicinal. Pero entonces, ¿qué establece?
La ley tiene como objetivo establecer un marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor de la planta de cannabis y sus derivados, garantizando y promoviendo el cuidado integral de la salud.
Además, impulsó la creación del Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales, a cargo del Ministerio de Salud.
Primeros acercamientos al uso del cannabis
El uso del cannabis para fines recreativos o sin justificación con un certificado médico del uso de cualquier sustancia o tenencia derivadas está penado en Argentina por la Ley Nº23.737 con hasta 15 años de prisión.
La primera ley que sentó las bases en Argentina para hablar sobre el cannabis medicinal fue la sancionada cuatro años atras. Pero a pesar de avanzar en una legislación que permitiera marcar un rumbo distinto sobre los beneficios del cannabis medicinal para algunas patologías, la nueva regla solo consideraba a los pacientes con epilepsia refractaria para su uso.
Además, la única manera de conseguir el aceite de cannabis era mediante la importancia de otros países como Uruguay, y no contemplaba el autocultivo.
Reclamo por la incorporación de otras patologías
En el contexto y la arbitrariedad que planteó la Ley 27.350, madres y padres de pacientes y organizaciones civiles alzaron la voz y comenzaron una lucha por la reglamentación del autocultivo y por que otras patologías fueran contempladas en el uso del cannabis medicinal.
En la misma línea, la entonces ley era considerada limitada por médicos, cultivadores y militantes. Luego de tres años de movilizaciones y pedido del tratamiento de la ley, el Presidente Alberto Fernández anunció por decreto la nueva reglamentación de la Ley 27350.
Así, la actual reglamentación autoriza el cultivo con fines medicinales y el acceso en farmacias argentinas de productos a base de cannabis. Asimismo, se incluyen nuevas patologías además de la epilepsia refractaria.
A partir de la nueva reglamentación, el cannabis con fines medicinales, terapéuticos y/o paliativos del dolor son legales en el país: pacientes, padres y madres o terceros que quieran cultivar pueden hacerlo hasta con nueve plantas, seis frascos o 40 gramos de flores.
El autocultivo reglamentado por ley
Con el nuevo decreto, se creó el Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN), con el objetivo de que los pacientes pudieran inscribirse para obtener la autorización de cultivo para sí, a través de un familiar, una tercera persona o una organización civil autorizada.
La nueva reglamentación de la Ley de Uso Medicinal del Cannabis permite el autocultivo, garantiza la provisión de medicamentos para pacientes, fomenta la investigación y autoriza la producción pública y privada de aceite y otros derivados.
ADEMÁS EN NEA HOY:
¿Cuál es la cuota alimentaria para un hijo en Argentina 2021?