En marzo del 2017, el Congreso Nacional aprobó la Ley N° 27.350 que regula la investigación médica y científica del uso medicinal de la planta cannabis y sus derivados. Dicha promulgación creó el Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis en el ámbito del Ministerio de Salud.
A su vez, el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) y el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) son los organismos autorizados para cultivar cannabis con fines de investigación médica o científica para la elaboración de medicamentos.
Mientras que el Instituto Nacional de Semillas (INASE) es el ente encargado de regular las condiciones de producción, difusión, manejo y acondicionamiento de los órganos de propagación de esta especie que permitan la trazabilidad de los productos vegetales.
¿Cuáles son los objetivos del uso Medicinal de la Planta de Cannabis?
- Promover acciones orientadas a garantizar el derecho a la salud.
- Promover medidas de concientización para la población en general.
- Establecer guías de asistencia, tratamiento y accesibilidad.
- Garantizar el acceso gratuito al aceite de cáñamo y demás derivados del cannabis a los pacientes que se inscriban en el Programa.
- Desarrollar alternativas terapéuticas a problemas de salud que no tratan los tratamientos médicos convencionales.
- Investigar los fines terapéuticos y científicos de la planta de cannabis y sus derivados.
Cannabis Medicinal en Misiones
La Provincia de Misiones es una de las autorizadas para producir cannabis medicinal con fines de investigación médica y científica. La Biofábrica estará a cargo de producir el aceite a partir de una variedad de brotes utilizados.
Asimismo, Misio-Pharma será la empresa del Estado misionero que producirá aceite de cannabis que se utilizará en tratamientos contra el párkinson, alzhéimer, insomnio, epilepsia, dolores crónicos y oncológicos, entre otros.
El abogado Marcos Chigal, integrante de RESET, ONG dedicada a promover políticas de drogas respetuosas de los derechos humanos, explicó a NEA HOY la importancia de la reglamentación de la Ley de Cannabis Medicinal: “Las personas que cultiven en sus casas los productos derivados del cannabis, no van a ser criminalizadas por la actividad”. Además, aclaró que “el cultivo que está criminalizado es el asociado al comercio ilegal”.
Registro REPROCANN
El o la paciente que cuente con indicación médica se debe inscribir al Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN). El registro es voluntario y los datos que se inscriben son confidenciales.
En este sentido, Chigal expresó que «el REPROCANN permite que ingresen las personas que acceden a productos derivados de cannabis a través del autocultivo”, y agregó que “la nueva reglamentación permite que cualquier persona pueda acceder a productos derivados del cannabis sin presentar ninguna patología específica”.
Acceso a productos derivados del cannabis medicinal
La Ley 27.350 de Investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados sancionada en 2017, promueve el acceso al aceite medicinal a las personas que se incorporen al programa del Ministerio de Salud.
En la misma línea, el integrante de RESET manifestó la importancia de que el Estado nacional respalde el derecho al acceso al aceite de cannabis medicinal: “Siempre reclamamos por un acceso democrático de los productos derivados de la sustancia”.
“Aquellas personas que quieren cultivar en su casa que lo puedan hacer sin el temor de ser criminalizadas”.
Cabe destacar que los cultivos para la fabricación del aceite deberán realizarse con semillas certificadas por el INASE; mientras que la producción será distribuida bajo receta médica, como establece la ANMAT y se podrá conseguir en centros de salud y farmacias.
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