El Gobierno nacional encabezado por Javier Milei oficializó el calendario de feriados para el 2025 a través del Decreto 1027/2024, publicado en el Boletín Oficial, siendo el 1 de enero el primer feriado del año. En el marco de la Ley N° 27.399, que otorga al Poder Ejecutivo la facultad de establecer hasta tres días no laborables o feriados puente por año, se determinó que estos días no serán feriados, sino exclusivamente no laborables.
Transcurrido el primer feriado del año, habrá que esperar hasta marzo para los próximos dos feriados que serán el lunes 3 y martes 4 de ese mes por carnaval. En este contexto se dará el primer feriado largo del 2025, las personas contarán con 4 días de descanso para luego retomar sus labores.

La lista completa de feriados del 2025
- Miércoles 1 de enero: Año nuevo
- Lunes 3 y martes 4 de marzo: Carnaval
- Lunes 24 de marzo: Día de la Memoria Nacional
- Miércoles 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas)
- Jueves 17 y viernes 18 de abril: Semana Santa
- Jueves 1 de mayo: Día Internacional del Trabajador
- Viernes 2 de mayo: feriado puente
- Domingo 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo
- Viernes 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
- Miércoles 9 de julio: Día de la Independencia
- Viernes 15 de agosto: feriado puente
- Lunes 18 de agosto: feriado trasladado del domingo 17 que se conmemora el Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín
- Domingo 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural
- Jueves 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional
- Viernes 21 de noviembre: feriado puente
- Lunes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María
- Jueves 25 de diciembre: Navidad
¿Cuántos fines de semana largos habrá en el 2025?
- Del 1 al 4 de marzo: 4 días de descanso por Carnaval.
- Del 1 al 4 de mayo: 4 días de descanso por el Día del Trabajador y el día no laborable con fines turísticos del viernes 2 de mayo.
- Del 15 al 17 de agosto: 3 días de descanso por el día no laborable con fines turísticos del viernes 15 de agosto y el Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín (domingo 17).
- Del 21 al 24 de noviembre: 4 días de descanso por el día no laborable con fines turísticos del viernes 21 y el Día de la Soberanía Nacional trasladado al lunes 24.
- Del 6 al 8 de diciembre: 3 días de descanso por el Día de la Inmaculada Concepción de María (lunes 8).

Diferencias entre un feriado puente y un feriado con fines turísticos
- Feriado puente: es un día no laborable agregado para «puentear» entre un feriado y el fin de semana. Su objetivo es generar un fin de semana largo, favoreciendo el descanso y la actividad económica interna, especialmente en el turismo. Generalmente, son lunes o viernes.
- Feriado con fines turísticos: son feriados específicamente designados en el calendario nacional para impulsar el turismo en el país. Pueden coincidir con un feriado puente, pero su finalidad principal es fomentar viajes y promover destinos turísticos nacionales.
Si bien, todos los feriados puente pueden tener fines turísticos, no todos los feriados con fines turísticos son necesariamente «puentes».
La diferencia entre un feriado y un día no laborable en Argentina
- Feriado: el descanso es obligatorio para todos los trabajadores, salvo excepciones específicas como servicios esenciales. Si se trabaja, corresponde el pago doble de la jornada habitual. Aplica a todos los trabajadores del país, tanto del sector público como privado.
- Día no laborable: el descanso no es obligatorio. Depende del empleador decidir si los empleados trabajan o no. Si se trabaja, se paga la jornada como un día normal, sin recargo. Principalmente afecta al sector público, aunque las empresas privadas pueden adherirse según su criterio.
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