La vicepresidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, dio inicio a la sesión de este jueves en la Cámara de Senadores donde se tratará la reforma del impuesto a las Ganancias que busca eliminar la cuarta categoría y el proyecto de modificación de la Ley de Alquileres. Ambas iniciativas fueron aprobadas en la cámara baja y ya cuentan con media sanción.
Al respecto, ayer el ministro de Economía y candidato presidencial de Unión por la Patria (UxP), Sergio Massa, dijo que la jornada del jueves será “un día histórico” porque el Congreso “va a derogar definitivamente la cuarta categoría” del Impuesto a las Ganancias, al encabezar un multitudinario acto con trabajadores, estatales y petroleros en la ciudad de Plottier, Neuquén.
¿Dónde seguir el debate?
El debate se puede ver en vivo en el canal de la Cámara Alta de la plataforma Youtube, donde se podrá ver la votación.
¿Cómo se modificará Ganancias?
La reforma de Ganancias, impulsada desde el Poder Ejecutivo, se centra en la modificación de la cuarta categoría, un universo integrado actualmente por 80.000 trabajadores.
Es decir, en caso de aprobarse, el tributo cambiará de nomenclatura por la de Impuesto a los «Mayores Ingresos» y será abonado únicamente por quienes obtengan ingresos mensuales superiores al nuevo piso del tributo, el cual fue fijado en $1.770.000
Se espera sin embargo una modificación en la exención de Ganancias, fijado en el proyecto en $1.770.000: al tratarse de una cifra equivalente a 15 salarios mínimos, vitales y móviles, la cifra se extenderá a $2 millones tras el aumento dispuesto para octubre por el Consejo del Salario.
¿Qué se modificaría con la Ley de Alquileres?
Tras la aprobación y media sanción de la modificación en la Ley de Alquileres el pasado 23 de agosto en la Cámara de Diputados, Juntos por el Cambio se encuentra expectante este jueves para conseguir la mayoría de votos en el Senado.
La reforma se centra en cuatro puntos claves:
- Reducción de tres a dos años los plazos mínimos de los contratos.
- Actualización de los alquileres cada cuatro meses, sin índice fijo, que se establecerá por acuerdo del propietario y el inquilino.
- Habilita la posibilidad de que los propietarios puedan pedir meses por adelantado.
- Los rentistas tendrán exenciones impositivas, pero no tienen la obligación de registrar los contratos de alquiler en AFIP.
Fuente: Ambito y Télam
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