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Sábado 27 de abril de 2024
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El Síndrome de Alienación Parental, los abusos infantiles y la criminalización de las madres protectoras

A pesar de no tener base científica, el síndrome de Alienación Parental es muchas veces citado en los fallos judiciales con el objetivo de desestimar las denuncias de abusos de los menores y poner a la madre protectora en el rol de fabuladora y manipuladora

A pesar de no tener base científica, el síndrome de Alienación Parental es muchas veces citado en los fallos judiciales con el objetivo de desestimar las denuncias de abusos de los menores y poner a la madre protectora en el rol de fabuladora y manipuladora

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La diputada nacional Mónica Macha presentó una iniciativa para derogar la Ley Nacional 24.270 de Impedimento de Contacto con el objetivo de frenar los abusos dentro de la justicia que, evocando el Síndrome de Alienación Parental (SAP), desestiman denuncias de abusos intrafamiliares e incurren en prácticas estigmatizantes hacia la madre protectora.

Sancionada y promulgada en noviembre de 1993, la norma sostiene que “será reprimido con prisión de un mes a un año el padre o tercero que, ilegalmente, impidiere u obstruyere el contacto de menores de edad con sus padres no convivientes.

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La ley en sí, no hace alusión a lo que ocurre con los casos de violencia, sin embargo, la diputada denuncia que la misma es utilizada en la práctica como herramienta para culpabilizar y castigar a las madres protectoras que intentan desvincular a sus hijos cuando denuncian abusos por parte de su progenitor.

De acuerdo a la diputada, una parte de la justicia desestima estas denuncias evocando el Síndrome de Alienación Parental, que solo cumple el objetivo de desestimar las denuncias del menor y ubicar a la madre en un lugar de fabuladora y manipuladora que quiere separar al niño de su progenitor por despecho.

Una vez hecho esto, aparece la Ley de Impedimento de Contacto para “castigar” a la madre, que puede terminar sancionada o hasta presa por intentar proteger al menor de su abusador, mientras, por otro lado, el abusador puede pedir la aplicación de la ley para pedir la revinculación forzada y continuar con el abuso. 

 

El SAP y la estigmatización de la mujer

El Síndrome de Alienación Parental es una teoría utilizada por las defensas de los agresores en las causas de maltrato y abuso sexual infantil. De esta manera, la tenencia del hijo/a queda a cargo del acusado en muchos casos, o la denuncia es desestimada, en muchos otros.

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El concepto fue elaborado en 1985 por Richard Gardner, un psiquiatra norteamericano defensor de la pedofilia que describió que las denuncias de abuso sexual contra niños y niñas eran expresiones infantiles inculcadas o elaboradas por sus madres para denigrar o acentuar la ruptura con sus ex maridos o ex parejas.

El supuesto Síndrome de Alienación Parental es una teoría sin base científica. Gardner nunca presentó los requisitos metodológicos mínimos exigibles a la hora de categorizar un trastorno psiquiátrico y no es aceptado dentro de la comunidad científica. A pesar de ello, el psiquiatra lo aplicó en distintos casos de denuncias de abusos intrafamiliares y fue evocado en muchos fallos en Estados Unidos.

El SAP fue concebido con un evidente sesgo de género y refuerza el estigma de que las mujeres inventan denuncias para manipular la justicia. Si bien es posible que un menor pueda ser influenciado por las opiniones de un progenitor y hasta utilizado como botín dentro de una separación, el Síndrome de Alienación Parental está específicamente creado para desacreditar o culpabilizar a la madre por las denuncias o dichos que pueda realizar el menor en contra del padre. 

La teoría está pensada para desestimar particularmente las denuncias de abuso de menores contra el padre, asumiendo que las mismas fueron inventadas por la madre en un intento por desvincular al menor de su progenitor. De esta manera, cuando la madre intenta proteger al menor desvinculándolo del abusador, se la ubica en un lugar de fabuladora, mentirosa o manipuladora.

En la justicia argentina, el término comenzó su apogeo con la publicación en el año 2000 del artículo “El abuso de la denuncia de abuso”, del entonces juez Dr. Eduardo Cárdenas. Esto contribuyó a difundir el supuesto síndrome dentro del discurso jurídico nacional, siendo citado por jueces y abogados defensores de acusados en causas de abuso intrafamiliar.

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La aplicación judicial del Síndrome de Alienación Parental, es una clara violación de los Derechos Humanos de niños, niñas y adolescentes, ya que se corre del eje principal el interes superior del menor a travez de una maniobra fraudulenta contruida para beneficiar al adulto abusador.

A pesar de ello, en las últimas décadas en muchos procesos los jueces terminaron subiendo a la ola del SAP por resultarles más sencillo para justificar un fallo y no cumplir con su obligación de mediar entre los actores involucrados

La defensoría del Público rechazó en 2020 la existencia del SAP por carecer de validez científica y jurídica, y señala que la falaz teoría ha sido utilizada para invalidar pericias psicológicas y psiquiátricas, negar la existencia del delito de abuso de menores y desconocer la voz de los niños y de las niñas.

Las cámaras de diputados de distintas provincias también se han ido pronunciando en contra del Síndrome de Alienación Parental. Es el caso de Mendoza, que también en el 2020 realizó un pronunciamiento de la mano de la diputada Laura Chazarreta.

Esta es la cuarta vez que se presenta el proyecto para derogar la Ley 24.270, habiendo sido desestimado tres veces anteriores. La diputada Macha sin embargo afirma que en esas tres ocasiones el recinto era ocupado mayoritariamente por hombres, y que esta vez la distribución más equitativa de las bancas puede contribuir a que el proyecto se trate con una mayor perspectiva de género.

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