Desde el sábado empezó la primera etapa de la implementación de la Ley de Etiquetado Frontal”, que regula y limita al diseño del packaging y/o envasado de alimentos y bebidas de consumo, e impone restricciones sobre las acciones publicitarias que puedan realizar las marcas de los productos alcanzados por esta normativa.
Lo pensamos, lo soñamos, lo hicimos ley y finalmente es realidad.
A partir de este sábado empezará a regir la Ley de Etiquetado Frontal. Los octágonos con información nutricional van a empezar a aparecer en los alimentos envasados en kioskos, supermercados y comercios en general pic.twitter.com/WzGz8AUVNP
— Gabriela Estévez (@gabiestevezok) August 19, 2022
La ley de etiquetado frontal fue aprobada el 26 de octubre de 2021 después de una acalorada discusión, ya que las posiciones en contra expresaban preocupación por las pérdidas económicas que las regulaciones podrían generar en las empresas de alimentos. Es de destacar, sin embargo, que la ley fue diseñada utilizando como modelo a las normativas ya impulsadas en países como Uruguay, Perú, Chile, Colombia y México. Distintos estudios demostraron que la aplicación de estos etiquetados no solo tuvieron un impacto social positivo en dichos países, sino que además no se han producido los impactos negativos que desde la industria se había pronosticado.
¿Qué establece la Ley de Etiquetado Frontal?
La ley 27.642 tiene como principal objetivo la Promoción de la Alimentación Saludable como forma de combatir, tanto la desnutrición como el sobrepeso, que en el país viene en crecimiento y conlleva importantes riesgos para la salud de las personas. Particularmente, busca concientizar a la sociedad sobre los peligros que tiene en la salud el consumo excesivo de nutrientes críticos, como grasas y azúcares. Para ello, propone un etiquetado informativo y visible en los productos alimenticios que contengan un índice muy alto de estos agregados.En este sentido, la nueva normativa propone varias estrategias que apuntan a la educación alimentaria de la población, tanto para bajar los índices de sobrepeso como así también evitar la desnutrición infantil. Los más discutidos, sin embargo, fueron los puntos concernientes a la regulación del packaging de los productos alimenticios.Además, la ley establece que los productos que sobrepasen los límites fijados para alguno de los nutrientes críticos deberán tener en el frente de sus envases una etiqueta octogonal negra, con borde y letras de color blanco, que advierta sobre éste exceso. Esta etiqueta no deberá ser inferior al 5% de la superficie de la cara principal del envase ni puede estar cubierto parcial ni totalmente por elemento alguno.
¿Qué pasará con los personajes en los productos?
En el inciso C del artículo 9 la ley establece que “los alimentos y bebidas analcohólicas envasadas que contengan algún sello de advertencia no pueden incorporar en sus envases personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas”.
🗣 El día de hoy celebramos la implementación de la ley de etiquetado frontal pero seguimos teniendo en cuenta que su correcta implementación recién empieza. pic.twitter.com/e8DPYgTGVp
— Consciente Colectivo (@Conscientecole_) August 20, 2022
Esto fue un punto muy discutido entre críticas y publicaciones graciosas en redes sociales, sin embargo está comprobado que los niños muchas veces son coercionados por la empatía que sienten por estos personajes ficcionales, demandando muchas veces a sus padres el consumo de estos productos a pesar de que no sean los recomendables para su nutrición.
Por la misma razón, los productos con sello negro tampoco tendrán permitido sumar “elementos interactivos, la entrega o promesa de entrega de obsequios, premios, regalos, accesorios, adhesivos juegos visualespaciales, descargas digitales, o cualquier otro elemento, como así también la participación o promesa de participación en concursos, juegos, eventos deportivos, musicales, teatrales o culturales”.
Los productos que se verán afectados son aquellos que deban llevar al menos un octógono negro de advertencia por exceso en azúcar, grasas saturadas, grasas totales, sodio o calorías. También aquellos que con advertencias por su contenido de cafeína o edulcorante, consumo que debe evitarse en los niños y niñas.
Buen truco, poner el etiquetado FRONTAL, detrás. pic.twitter.com/QfzVBcvdNH
— Julio Cebz (@juliocebz) August 14, 2022
De esta manera se limitan las estrategias de marketing, cuidando al consumidor de cualquier elemento que puedan intervenir en su decisión racional, evitando que sea convencido con estas estrategias de poner en riesgo su salud o la calidad nutricional de sus hijos.
¿Cómo se implementará?
La ley da a los proveedores un cronograma de dos etapas. La primera afecta a las grandes empresas, que tenían hasta el 20 de agosto para adecuar sus productos a la ley. Significa que desde ese día, todos los alimentos que salgan de las fábricas deberan estar empaquetados de acuerdo a lo que marca la Ley de Etiquetado Frontal.Esto no significa que inmediatamente se verán en todos los supermercados los productos con las señalizaciones octogonales, ya que dependiendo del stock, puede pasar un tiempo hasta que éstos productos lleguen de las fábricas a las góndolas.
#EtiquetadoFrontal i like it. Pero tiene que ir adelante @CocaColaAr pic.twitter.com/wb927PRPXp
— N ☆ (@natiijullier) August 21, 2022
La segunda etapa corresponde a las fábricas chicas o medianas, que tendrán tiempo hasta el 20 de febrero del 2023 para adecuar el packaging. Las empresas también pueden pedir prórrogas si tienen imposibilidades tecnológicas para adecuar los paquetes en tiempo y forma.Algunos fabricantes ya pidieron prórroga por motivos tecnológicos o logísticos y algunos productos requerirán más tiempo por las especificidades de su etiquetado. Otros están empezando a incluir las etiquetas en el lado de atrás, cuando la ley establece que deben mostrarse en la cara frontal del producto. En líneas generales, la implementación se irá dando de manera gradual dependiendo de las especificidades de cada caso.
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