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Sábado 27 de abril de 2024
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Piden juicio oral para dos exjueces de Formosa, acusados de encubrir las desapariciones de empleados judiciales

Se trata de los exjueces del Superior Tribunal de Justicia de Formosa, Alfredo Montoya y Jorge Vázquez Rey, por sus funciones durante la última dictadura cívico militar.

Se trata de los exjueces del Superior Tribunal de Justicia de Formosa, Alfredo Montoya y Jorge Vázquez Rey, por sus funciones durante la última dictadura cívico militar.

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El fiscal federal de Corrientes, Flavio Ferrini, solicitó que se juzgue en juicio oral y público a ex integrantes del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Formosa durante la última dictadura militar, Bernardo Alfredo Montoya y Jorge Demetrio Vázquez Rey, por los delitos de abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público y por el encubrimiento de los secuestros, torturas y desapariciones de un grupo de empleados del Poder Judicial

El fiscal indicó que Juan Fernández Bedoya y Sergio Alfredo Martínez, también jueces del mismo tribunal, no fueron acusados porque fallecieron. La intervención de Ferrini en el caso como fiscal subrogante en Formosa se da en esta causa luego de una larga serie de excusaciones de magistrados de la región del NEA

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Previo a este fallo, la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia (Chaco), en un fallo unánime de fecha 31 de agosto, resolvió confirmar el procesamiento y embargo, más la prohibición de salida del país de los exjueces, quienes cumplieron dichas funciones durante la última dictadura cívico militar.

El fiscal de Corrientes acusó a los ex jueces en los casos que tuvieron como víctimas a Elsa Alicia Chagra, Ángela Colman, Raquel Levi, Adriano Acosta, Andrés Medina, Mirta Leónidas Insfrán y Ricardo Borgne.

Las víctimas eran empleadas del Poder Judicial de Formosa, tenían militancia sindical en la Asociación Judicial de Formosa y fueron secuestradas el 5 de agosto de 1976, salvo Chagra, a quien apresaron un día antes. Insfran y Borgne, pareja, continúan desaparecidos, mientras que el resto recuperó la libertad en diferentes momentos.

Una segunda serie de secuestros de miembros del Poder Judicial de esa provincia -que no forman parte del objeto de este proceso, pero que la fiscalía refirió para contrastar la acción tomada por el TSJ- fue en junio de 2017. Fueron detenidos ilegalmente esa fecha los jueces Héctor Tievas y Timoteo Alvarinho, junto a cinco empleadas y empleados.

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Los ahora imputados oportunamente cuestionaron en 1977 que las autoridades militares no respetaran la inmunidad de arresto de los jueces víctima, pero no expresaron nada respecto de los empleados, a quienes luego suspendieron transitoriamente, con la excepción de una víctima sobre quien las autoridades militares indicaron expresamente que podía continuar cumpliendo funciones.

De las víctimas de este caso que fueron secuestradas, dos permanecen desaparecidas.

Para disponer la suspensión y cesantía de los agentes, los ministros de la corte provincial no sólo se basaron en un informe infundado del Jefe del Área Militar, sino que, al mismo tiempo, resolvieron incumplir la obligación funcional de visitar al establecimiento donde los mismos estaban privados ilegalmente de la libertad.

Sin embargo, en relación con la tanda de secuestros de agosto de 1976 el comportamiento fue diferente. El fiscal señaló que luego de la privación ilegal de la libertad sufrida por los empleados judiciales, los imputados recibieron informes remitidos por el jefe del Área Militar 234, que asumían responsabilidad sobre esas detenciones sin mencionar causa o documentación respaldatoria que las justificara. Sin perjuicio de ello, los magistrados no sólo no buscaron corroborar la licitud de la medida, sino que tampoco constataron la veracidad de los informes militares o las condiciones a las que sus empleados estaban siendo sometidos.

El fiscal puso de relieve que en el caso de Chagra, secuestrada en su domicilio, personal de inteligencia policial se constituyó en su lugar de trabajo -el Archivo General- y en presencia del Juez del Superior Tribunal Fernández Bedoya y de la jefa del archivo, inspeccionaron su escritorio.

Edificio del Poder Judicial de Formosa.

En ese línea, Ferrini también destacó que ante los informes del Área Militar 234 en los que consta la calidad de detenidos ilegales de sus empleados, los magistrados en acuerdo dictaron el Acta Nº 1082 donde resolvieron suspender a Acosta, Medina, Chagra, Colman y Lebi, y dejar cesante a Insfran, Borgne y Zulma Sena

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Ferrini puntualizó que los magistrados ni siquiera indagaron o visitaron las instalaciones ni pidieron explicaciones acerca de lo que había ocurrido con sus empleados cuando el Poder Ejecutivo dictó los decretos por los que los puso detenidos a su disposición.

Destacó asimismo que una particularidad de esta resolución es el temperamento asumido respecto de unos y otros ‘detenidos’ toda vez que -y no parece casual- algunos fueron suspendidos y otros cesanteados. Los cesanteados, cabe reiterarlo, fueron Mirta Insfran, Ricardo Borgne y Zulma Sena, “quienes permanecen desaparecidos“. 

El fiscal, asimismo, refirió que en febrero de 1977 el Gobierno provincial le indicó por nota al TSJ que echara mano de la ley “de prescindibilidad” para ordenar la baja de los empleados y las empleadas secuestradas. El 29 de marzo de aquel año el tribunal dictó la Resolución Reservada N°1/77 y dejó cesantes a Chagra, Medina, Colman, Lebi y Acosta. El instrumento no menciona a Insfran, Borgne y Sena, desaparecidos.

“Con esos instrumentos formales legitimaron la privación ilegal de la libertad de los primeros y la desaparición forzada de personas de los segundos”, acusó Ferrini.

En el requerimiento de elevación a juicio, el fiscal Ferrini recordó que los hechos de las víctimas por los que acusa a los exjueces Montoya y Vázquez Rey fueron investigados en anteriores juicios.

En ese sentido, el representante del Ministerio Público Fiscal relató los padecimientos de las víctimas en los centros clandestinos de detención en los que fueron confinadas: “La Escuelita”, tal como se conocía al Destacamento Policial de San Antonio, y el Regimiento de Infantería de Monte 29.

Fuente: Fiscales.gob.ar 

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