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Viernes 03 de mayo de 2024
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Ley “Diana Sacayán-Lohana Berkins”: inclusión laboral para personas trans

Con 207 votos a favor, el proyecto obtuvo media sanción y será debatido en el Senado.

Con 207 votos a favor, el proyecto obtuvo media sanción y será debatido en el Senado.

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El jueves 10 de junio la Cámara de Diputados de la Nación dio media sanción al proyecto de ley de promoción al trabajo formal para personas trans. El proyecto aprobado, hoy pretende ser una herramienta más para trabajar en la igualdad real para travestis, transexuales y transgénero y está siendo celebrado por la comunidad LGBTTTI.

El proyecto fue aprobado con 207 votos a favor, 11 en contra y siete abstenciones. Además, ya obtuvo dictamen favorable del Senado y será debatido en las próximas sesiones.

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El texto de la ley fue fruto de distintas comisiones y espacios de debate en la que participaron colectivos transgénero de todo el país, además de inspirarse en proyectos presentados con anterioridad. Así, algunos de sus puntos reflejan el intento de dar soluciones a una población postergada y en situación de vulnerabilidad ante la discriminación y estigmatización.

El proyecto fue bautizado “Diana Sacayán-Lohana Berkins” en honor dos activistas por los derechos del colectivo trans en Argentina.

Trabajo

Muchas personas trans ven obstaculizado su acceso al empleo formal. Los principales factores son, por un lado, la falta de un DNI acorde a la identidad de género autopercibida; por otro, la existencia de prejuicios en muchos ámbitos laborales.

Jazmin Luciano Kinder es militante de la Agrupación LGBTI 1969 Misiones. En diálogo con NEA HOY explica cómo la exclusión del mercado laboral y la estigmatización social lleva a las personas trans a vivir en condiciones de vulnerabilidad que terminan reproduciendo su exclusión. Así, en algunas ocasiones terminan en situación de calle, sin acceso a la educación, salud y contención, alejándose de un futuro trabajo formal.

En el año 2013, la Fundación Huésped en colaboración con la Asociación de Travestis, Transexuales y Transgéneros de la Argentina (ATTTA) encuestaron a 452 mujeres trans para conocer las consecuencias de la implementación de la Ley de Identidad de Género en sus condiciones de vida.

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Al ser preguntadas sobre su situación laboral, el 5% de las encuestadas dijo realizar trabajos familiares sin remuneración y el 71% trabajaba de manera autónoma (en actividades que incluían el trabajo sexual). Solamente el 17% se encontraba en relación de dependencia o tenían empleador y menos del 9,8% de las que estaban trabajando recibía aportes jubilatorios.

Además de fijar un mínimo del 1% de personas trans para todo el personal del Estado Nacional, el texto de la norma prevé incentivos por contratación para las empresas privadas y establece una serie de obligaciones del Estado para garantizar el acceso al empleo de una población históricamente oprimida.

Según del informe de ATTTA y Fundación Huésped, sólo el 13% de las mujeres trans trabaja en relación de dependencia.

Además, permite que las contribuciones patronales que se generan por la contratación de las personas beneficiarias de la presente ley puedan tomarse como pago a cuenta de impuestos nacionales y, menciona, que el Estado Nacional debe priorizar la compra de insumos y provisiones a personas jurídicas o humanas del ámbito privado que incluyan en su planta laboral a personas travestis, transexuales y transgénero.

Estigmatización

La situación de vulnerabilidad a la que llegan las personas trans por ser discriminadas y estigmatizadas en el entorno familiar y el sistema educativo las coloca en la necesidad de ejercer trabajos precarios y muchas veces fuera de la legalidad; el caso más común es la prostitución.

En el mismo informe, seis de cada 10 mujeres encuestadas estaban vinculadas al trabajo sexual. A su vez, el 23% de las encuestadas decía haberlo ejercido en algún momento de sus vidas.

Según del informe de ATTTA y Fundación Huésped, 6 de cada 10 mujeres trans ejerce la prostitución.

Esto implica que un 83% de las encuestadas debieron involucrarse en actividades de elevada inseguridad, exponiéndose a situaciones de violencia y persecución por parte de las fuerzas de seguridad.

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Por esto, uno de los puntos más significativos de la ley es el principio de no discriminación, para asegurar que a la hora de garantizar el ingreso y permanencia en el empleo no podrán ser valorados los antecedentes contravencionales o penales de les postulantes que resulten irrelevantes para el acceso al puesto laboral, considerando la particular situación de vulnerabilidad de este colectivo.  

Educación

Los mismos mecanismos de discriminación y exclusión de personas trans en el trabajo formal tienen su correlato en el sistema educativo. En su sección de “Educación”, el informe de la  ATTTA y la Fundación Huésped dice que entre las encuestadas menores de 18 años, solo el 50% aún permanecía en la educación formal. De las mayores de 18, más del 55% abandonó sus estudios antes de completar la educación secundaria.

Según del informe de ATTTA y Fundación Huésped, 7 de cada 10 mujeres trans dijeron haber sufrido discriminación en el ámbito educativo

Preguntadas sobre sus experiencias educativas, siete de cada 10 mujeres trans dijeron haber sufrido discriminación en el ámbito educativo, cuatro de 10 aseguran haber sido estigmatizadas o discriminadas por directivos o docentes.

En la misma entrevista, Jazmín explica que las iniciativas tendientes a garantizar la terminalidad secundaria o capacitar en un oficio a la población trans muchas veces fracasan por no garantizarles una salida a las condiciones de vulnerabilidad.

En este sentido, el texto de la ley expone que el requisito de terminalidad educativa no puede resultar un obstáculo” para la contratación de una persona trans, permitiendo su ingreso con la condición de cursar el o los niveles educativos requeridos

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