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Reforma de la Ley de Glaciares: media sanción en el Senado y polémica por el impacto ambiental

Con 40 votos a favor, el Senado aprobó cambios a la Ley de Glaciares que redefinen áreas protegidas y habilitan actividades extractivas en zonas periglaciares. El proyecto, impulsado por el oficialismo y respaldado por bloques aliados, ahora deberá ser debatido en Diputados.
Reforma de la Ley de Glaciares media sanción en el Senado y polémica por el impacto ambiental
Reforma de la Ley de Glaciares media sanción en el Senado y polémica por el impacto ambiental Imagen: Página 12.

En una votación ajustada, el oficialismo consiguió en el Senado la aprobación de modificaciones a la Ley de Glaciares. La iniciativa se aprobó con 40 votos afirmativos, recibió 31 rechazos y una abstención, y ahora la escena se trasladará a la Cámara de Diputados una vez que comience el periodo de sesiones ordinarias.

El proyecto, además, obtuvo el respaldo de bloques como el Pro, el radicalismo y sectores provinciales, además del acompañamiento de integrantes del bloque Justicialista como Lucía Corpacci y Sergio Uñac.

El objetivo central del Gobierno es facilitar la llegada de inversiones mineras, especialmente en sectores de cobre y litio, en áreas que actualmente se encuentran bajo el amparo de la normativa vigente.

Ley de Glaciares: qué implica la reforma

La Ley de Glaciares, promulgada en 2010, protegía y conservaba las zonas periglaciares como reservas estratégicas de agua, prohibiendo toda actividad que comprometa su integridad. La propuesta del Gobierno redefine la protección del ambiente periglacial. Con el objetivo de atraer proyectos vinculados a la megaminiería e hidrocarburos, permite el avance del extractivismo sobre zonas protegidas como reservas de agua dulce.

El proyecto

El proyecto de reforma a la ley 26.639 de Presupuestos Mínimos para la Protección de Glaciares y del Ambiente Periglacial busca redefinir el alcance de las zonas protegidas para permitir la explotación económica en determinadas áreas periglaciares que actualmente están blindadas e inhabilitadas para actividades extractivistas e industriales.

Entre las actividades prohibidas, es decir, aquellas que “alteran de modo relevante la condición natural” o el valor hídrico de los glaciares se encuentran aquellas que liberen sustancias contaminantes, residuos o productos químicos; obras de arquitectura o infraestructura; exploración o explotación minera e hidrocarburífera; y actividades industriales.

Con información de Página 12 y Primera Línea

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