En medio de la emergencia de luz y gas que provocó interrupciones en los servicios como consecuencia de las bajas temperaturas, este jueves el Gobierno modificó la regulación del fraccionamiento, el envasado y la comercialización de gas licuado de petróleo, es decir las garrafas, y a partir de ahora solo se limitará a fiscalizar el cumplimiento de los parámetros de seguridad, sin intervenir en decisiones vinculadas al precio.
El Gobierno no regulará el precio de las garrafas
A través del Decreto 446/2025, publicado en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo modificó algunos puntos de la ley 26.020 que regula la comercialización del gas envasado y señaló que estas cuestiones deberían ser “regidas por el funcionamiento libre y competitivo del mercado, que constituye el mecanismo más eficiente para asignar recursos y promover el desarrollo del sector”.
“Se podrán instalar nuevas plantas o ampliarse las existentes sin otro requisito más que el cumplimiento de la presente ley y su reglamentación”, se indicó entre los puntos más importantes que fueron modificados por la nueva normativa.

La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, a partir de este punto, solo se dedicará a realizar inspecciones, revisiones y pruebas sobre las instalaciones de producción, con el objetivo de “resguardar la salud pública”, descartando la posibilidad de intervenir lo que respecta a la comercialización de las garrafas.
“Los fraccionadores podrán envasar GLP de cualquier productor, comercializador o importador con el solo cumplimiento de la normativa aplicable a la actividad, pudiendo hacerlo para más de una marca o leyenda”, se estableció en el documento compartido este jueves.
En la actualización de la normativa existente, también se indicó que “el envasado de GLP en envases que no sean de su marca o leyenda podrá ser acordado libremente entre fraccionadores mediante contratos bilaterales”. Según se aclaró en el documento oficial publicado por el Gobierno, “ante cada llenado de un envase, propio o de terceros, que el fraccionador realice, deberá registrar en una etiqueta adherida al mismo la planta envasadora”.

¿Qué pasa con la importación?
Respecto a la libre importación de gas licuado de petróleo, el Ejecutivo la autorizó “sin otro requisito que el cumplimiento de la normativa vigente y sin necesidad de autorización previa”. A su vez, la exportación se realizará “garantizado el volumen de abastecimiento interno”.
“El sector privado es el principal interesado en expandir la producción, el fraccionamiento y la comercialización de GLP en garrafas, y posee la capacidad para mejorar la calidad del servicio, diversificar la oferta y optimizar la operación de la industria, incluyendo los mecanismos de canje de envases, contribuyendo de ese modo a garantizar el abastecimiento interno de GLP al menor costo posible para los consumidores”, se añadió.
Fuente: Perfil
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