La semana pasada, a pocos días de las elecciones legislativas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Vocero Presidencial Manuel Adorni desempolvó una vieja carta: la reforma electoral. La misma incluyó promesas de deportaciones exprés, restricciones al acceso a la salud y la educación para personas extranjeras, y mayores requisitos para obtener la ciudadanía. Esta idea ya había sido anunciada hace un año, pero, casualmente, el candidato de La Libertad Avanza (LLA) fue quien se mostró orgulloso de dar la noticia. Nuevamente.
Según Adorni, la medida va a ser implementada mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), aunque su contenido completo aún no fue publicado en el Boletín Oficial. La elección del instrumento jurídico llama la atención ya que en el 2017, hubo un intento del Gobierno de Mauricio Macri de modificar el régimen migratorio por decreto. Ésto fue declarado inconstitucional por la Justicia federal y el argumento central fue que sólo el Congreso tenía permitido legislar en esta materia.
Figurita repetida
De nuevo, no es la primera vez que el gobierno libertario usa esta jugada. En 2024 ya había adelantado la intención de reformar el régimen migratorio, utilizando prácticamente los mismos argumentos: “tours sanitarios”, saturación del sistema público y “delincuentes extranjeros”. En esa oportunidad, el anuncio tampoco fue acompañado de una implementación concreta, pero sirvió para posicionar su agenda y la idea de endurecimiento migratorio en la opinión pública. Hoy, la historia se repite.
Pero lo que parece una novedad para las cámaras, en realidad ya está contemplado en la legislación vigente. La Ley de Migraciones N.º 25.871, sancionada en 2003, establece en su artículo 29 que no pueden ingresar ni permanecer en el país las personas extranjeras que hayan sido condenadas por delitos graves, que hayan ingresado por pasos no habilitados o que presenten documentación falsa. Es decir: muchas de las medidas que el gobierno presenta como “revolucionarias” ya están en la normativa actual.
“Una persona con antecedentes penales en el extranjero no puede ingresar a la Argentina. Tampoco podés ingresar si lo hacés por pasos no habilitados. Son supuestos que ya están previstos en la ley”, explicó Diego Morales, del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).
El gobierno anunció que hará una reforma migratoria por decreto. Hoy sigue sin publicar nada en el Boletín Oficial.
Además, la ley actual YA establece que las personas condenadas o que eludan el control migratorio o tengan documentación falsa no pueden entrar al país. pic.twitter.com/XMVu9gFf23
— CELS (@CELS_Argentina) May 16, 2025
Más ruido que nueces
Puede que hoy en día pase lo mismo que pasó el año pasado y las medidas queden en la nada ya que, en la práctica, muchas no pueden implementarse sin pasar por el Congreso. Si bien es cierto que esa frase significa poco y nada para el Gobierno de LLA, en su momento fue un problema para el PRO. Para acortar los procesos de apelación de las expulsiones, ampliar los motivos de deportación o establecer nuevas condiciones para la ciudadanía se requiere reformar la Ley de Migraciones, y cualquier intento de hacerlo por decreto choca con el precedente judicial de 2018 que declaró inconstitucional el DNU 70/2017 de Mauricio Macri.
Tampoco es realista la amenaza de “cobrar” la educación superior a personas migrantes. Hoy en día, para ingresar a una universidad pública en la Argentina, ya es necesario haber iniciado un proceso de radicación y, en la mayoría de los casos, estar nacionalizado o contar con residencia permanente. Como explicó Melanie Encina, una joven paraguaya que estudia en Posadas, “no es posible ser estudiante con un documento paraguayo. Tenés que ser sí o sí residente. Tuve que mudarme, alquilar un departamento y recién ahí empezar a gestionar mis papeles migratorios”.
Algo similar ocurre con el acceso a la salud. Aunque el sistema sanitario argentino tiene una histórica política de gratuidad universal, en al menos 5 provincias ya existen disposiciones para cobrar la atención a personas con residencia precaria o transitoria: Salta, Mendoza, Jujuy, Santa Cruz y CABA. Demás está decir que según cifras oficiales, los extranjeros no residentes que se atienden en el sistema de salud porteño representan una cifra inferior al 1%. Las otras jurisdicciones tienen números parecidos.
Lo peligroso de la reforma migratoria
Más allá del contenido normativo, lo más grave de la reforma migratoria es el mensaje: “Están queriendo hacer ver como si los migrantes tuviéramos acceso libre y gratuito a todo, y no es así. Lo que más me preocupa es que se está instalando un discurso que busca estigmatizar más a las poblaciones extranjeras y empobrecidas”, advirtió Encina.
En zonas fronterizas como Misiones, los vínculos transnacionales son cosa del día a día. Familias binacionales, estudiantes, trabajadores temporarios y personas que cruzan la frontera a diario para trabajar o estudiar, ven en este tipo de anuncios una amenaza directa. “Este discurso potencia la xenofobia”, sintetizó Encina.
Demás está decir que los datos no respaldan la narrativa oficial. El número de personas extranjeras en el sistema penitenciario argentino es muy bajo y, en muchos casos, está vinculada a delitos menores. Sin embargo, LLA quiere hacer que migrante sea sinónimo de delito. Como dijo Gabriela Liguori, directora de la Comisión Argentina para los Refugiados y Migrantes (CAREF), “estos anuncios refuerzan una idea falsa de que los migrantes vienen a delinquir o a aprovecharse del sistema”.

¿Qué se puede hacer y qué no?
Pero yendo al punto principal de la cuestión, éstos son los cambios que tienen que pasar por el Congreso:
- Expulsión por cualquier tipo de delito: hoy, la ley permite la cancelación de la residencia solo por delitos con penas mayores a 5 años. Cambiar ese umbral por decreto sería inconstitucional.
- Reducción de plazos para la defensa: el debido proceso y el derecho a apelar están protegidos por tratados internacionales que tienen jerarquía constitucional. Acortar esos plazos por decreto viola esos derechos.
- Nuevos requisitos para la ciudadanía: la Constitución establece los principios básicos para acceder a la nacionalidad. Un DNU no puede modificar esos criterios.
- Cobro de servicios universitarios a extranjeros: la autonomía universitaria les permite a las casas de estudio establecer sus propios criterios, pero la realidad muestra que el ingreso de estudiantes migrantes ya está regulado por requisitos estrictos.
Además, el antecedente del DNU 70/2017 es contundente: la Justicia lo declaró inválido por apropiarse de facultades legislativas sin justificación, vulnerar derechos fundamentales y contradecir estándares internacionales. Cualquier nueva iniciativa que repita esa fórmula corre el mismo riesgo.
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