El ministro de Economía, Luis Caputo, confirmó este martes que el impuesto PAÍS bajará 10 puntos desde la semana próxima. “Importante! A partir del lunes 2 de septiembre la alicuota del Impuesto País para la importación de bienes y fletes se retrotraerá del 17,5% al 7,5%. Prometimos y cumplimos!”, publicó el ministro en la red social X.
De esta forma el ministro confirmó la fecha en la que se bajará el impuesto descartando así los comentarios respecto de que la decisión se podría posponer unos días. Además apuntó que el descenso de la alícuota será para la importación de bienes y fletes. El impacto que tendrá la baja del Impuesto PAÍS se dará en el precio del dólar al que acceden los importadores, que pasará de los $1.116 actuales a unos $1.021.
En principio con este mensaje Caputo dejó a un lado el beneficio a los paquetes turísticos y a la compra de los US$200 para ahorro permitidos oficialmente.
Importante!
A partir del lunes 2 de septiembre la alicuota del Impuesto País para la importación de bienes y fletes se retrotraerá del 17,5% al 7,5%.
Prometimos y cumplimos!
🇦🇷🇦🇷🇦🇷— totocaputo (@LuisCaputoAR) AUGUST 28, 2024
“El impuesto PAIS es muy dañino. En septiembre lo bajamos al 7,5%. Eso va a tener un impacto en la inflación. El oficial se mantendrá igual”, había adelantado el titular de Economía en julio.
Qué es el Impuesto PAIS
El Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria, o PAIS, es un tributo que se debe abonar sobre ciertas operaciones en moneda extranjera.
PAIS es un impuesto de emergencia que se aplicará a nivel nacional durante 5 períodos fiscales.
Para qué es
Lo producido por el impuesto será utilizado para financiar:
- Programas a cargo de ANSES y PAMI.
- Obras de vivienda social, del fideicomiso Fondo de Integración Sociourbana, obras de infraestructura económica y fomento del turismo nacional.
- Prestaciones a cargo del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.
Cuánto se paga
El importe a abonar se calcula aplicando los porcentajes que se indican a continuación:
- 30%: Sobre todas las operaciones alcanzadas, siempre que no se encuentren gravadas a una alícuota menor según se detalla seguidamente. Queda gravada a esta alícuota la importación de bienes suntuarios
- 25%: Sobre la adquisición en el exterior o en país (prestados por no residentes) de los servicios indicados en el anexo II del Decreto 99/2019.
- 8%: sobre los servicios digitales.
- 17,5% (Ahora pasaría a 7,5%):
- Adquisición en el exterior o en país (prestados por no residentes) de servicios de fletes y transportes para importación y exportación de bienes.
- importación de mercaderías no eximidas del impuesto, siempre que no se trate de bienes suntuarios.
- Utilidades y dividendos, en los términos del Régimen Informativo Contable Mensual para Operaciones de Cambio del BCRA, Código I03.
- Operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera para la repatriación de inversiones de portafolio de no residentes generadas en cobros en el país de utilidades y dividendos recibidos a partir del 1° de septiembre de 2019.
- La suscripción en pesos de “Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre” emitidos por el BCRA o de aquellos bonos o títulos que esa institución emita en el futuro con igual finalidad, por parte de quienes los adquieran en concepto de:
- (i) pago de utilidades y dividendos
- (ii) repatriación de inversiones de portafolio de no residentes generadas en cobros en el país de utilidades y dividendos recibidos a partir del 1° de septiembre de 2019
- La suscripción de bonos o títulos emitidos por el Banco Central queda gravada, sobre el importe total de la operación, de la siguiente forma:
- A partir del 1 de febrero de 2024, a la alícuota del Impuesto País que corresponda a la operación de importación por la que se suscriben los bonos o títulos.
Fuente: El Diario Ar
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