30.7 C
Corrientes
32.8 C
Formosa
26.7 C
Posadas
29.5 C
Resistencia
32.9 C
Asunción
Jueves 16 de enero de 2025
-Publicidad-

Créditos hipotecarios UVA: el Banco Central eliminó una protección para usuarios ante la inflación

La entidad monetaria reemplazó la normativa que permitía al usuario protegerse contra una caída desmedida del salario real.

La entidad monetaria reemplazó la normativa que permitía al usuario protegerse contra una caída desmedida del salario real.

- Publicidad -spot_imgspot_img

El Banco Central decidió eliminar, el último jueves, un beneficio clave de los nuevos Créditos hipotecarios UVA, que permitía al usuario protegerse contra una suba desmedida de la inflación, en caso de que esta superase al aumento de los salarios. 

Así lo determinó el BCRA a través de la Comunicación A 8024, publicada el último jueves. En ella, la entidad monetaria resolvió sustituir una normativa de la «Política sobre crédito» sobre el valor de las cuotas CER en relación a la suba inflacionaria.

SUSCRIBITE GRATIS AL NEWSLETTER

No te pierdas las últimas noticias en tu e-mail

La nueva determinación del Banco Central establece simplemente que «al momento del otorgamiento de financiaciones a personas humanas, se deberá tener especial atención a la relación cuota/ingreso de manera de que el deudor pueda afrontar posibles incrementos en el importe de las cuotas sin afectar su capacidad de pago, teniendo en cuenta que sus ingresos pueden no seguir la evolución de la Unidad de Valor Adquisitivo actualizable por ‘CER’ (‘UVA’).”

La norma que eliminó el Banco Central fue dictada en 2018, cuando la inflación se había disparado muy por encima de los índices registrados en 2016 y 2017, en el pico de otorgamiento de préstamos hipotecarios UVA.

De este modo, eliminó la normativa hasta entonces vigente que establecía, en relación a los créditos CER (ajustados por UVA), que «al momento de la contratación del crédito, las entidades deberán ofrecer al cliente al menos una de las siguientes opciones:

  • Extender el número de cuotas originalmente previstas cuando el importe de la cuota a pagar supere en 10 % el valor de la cuota que resultaría de haber aplicado a ese préstamo un ajuste de capital por el Coeficiente de Variación de Salarios (‘CVS’) desde su desembolso. En esa circunstancia, que deberá ser notificada al cliente –por medios electrónicos cuando sea posible– y ante su solicitud expresa de ejercer tal opción, la entidad financiera deberá extender en hasta 25 % el plazo originalmente previsto para el préstamo.
  • Que el importe de la cuota no supere en 10 % el valor de la cuota que resultaría de haber aplicado a ese préstamo un ajuste de capital por el ‘CVS’ desde su desembolso, sin que ello implique extender el número de cuotas originalmente previsto. Cuando se trate de financiaciones otorgadas en el marco del ProCreAr, el costo de esta opción podrá ser trasladado al cliente».
Trending  Todo lo que necesitas saber sobre el uso de protector solar para el verano

Es decir, el BCRA eliminó una normativa estricta, que obligaba concretamente a que, en caso de una caída fuerte del salario real, los bancos tuvieran que extender el plazo de cobro de cuotas o establecer un techo al valor del pago mensual. Y la reemplazó por una normativa laxa e inespecífica, que simplemente advierte que «se deberá tener especial atención» a la problemática de una suba desmedida del valor real de la cuota.

Fuente: Destape

ADEMÁS EN NEA HOY:

Por la caída del poder adquisitivo, las ventas en supermercados y mayoristas cayeron hasta 10,7%

ATE rechazó el 9,1% ofrecido por el Gobierno en la paritaria y denunció una pérdida salarial del 22,4%

últimas noticias

-Publicidad-

- Publicidad -spot_img
- Publicidad -

TE PUEDE INTERESAR

- Publicidad -spot_imgspot_img