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Sábado 11 de mayo de 2024
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Colectivos en Formosa: la Justicia ordenó que se establezca un servicio de emergencia

A raíz de la medida, el Defensor del Pueblo de la Provincia de Formosa intimó a la UTA a que cumpla con la orden judicial.

A raíz de la medida, el Defensor del Pueblo de la Provincia de Formosa intimó a la UTA a que cumpla con la orden judicial.

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El Defensor del Pueblo de la Provincia de Formosa, José Leonardo Gialluca, resaltó el fallo de la jueza del Juzgado Civil y Comercial Nº 6 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia, María Lourdes Leliur, quien suscribió la medida, donde una vez firme, en el plazo de dos horas contadas a partir de su notificación, se deberán designar los choferes para el Servicio de Emergencia.

La medida se da bajo apercibimiento de sanciones conminatorias y con autorización para dar intervención a la Fuerza Pública y garantizar que se brinde el citado a favor de los vecinos de la Ciudad de Formosa.

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En línea con esta medida, Gialluca intimó a la UTA Seccional Formosa, que conduce el Secretario General Diego Mendoza, “a que, en el término de 2 horas informe al Organismo de la Constitución y a la Empresa Crucero del Sur Agrupación, la nómina de los conductores que deberán prestar el -Servicio de Emergencia”.

Este pedido se da conforme lo establecido en las Ordenanzas Nº 7.088/17, 2.143/89, el Contrato de Concesión, Art. 24 de la Ley Nº 25.877 y los arts. 7, 8, 9, 10 y ccdtes. del Decreto Nº 272/06 y lo resuelto por la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial en el Fallo Nº 19.935”.

Los choferes de UTA reclaman el pago de salarios de noviembre.

Las normas mencionadas establecen la obligatoriedad de garantizar la prestación del servicio de transporte urbano de pasajeros con una regularidad de 2 horas entre una unidad y otra en todo el recorrido de las líneas habilitadas.

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Por su parte, Gialluca advirtió que el derecho a huelga no es absoluto y se encuentra debidamente reglamentado.

“La huelga, en las sociedades actuales ha dejado de ser un enfrentamiento entre dos sujetos (trabajadores frente a los empleadores o el Estado), sino que además existe un tercero afectado: el “vecino o usuarios”, que es un sujeto pasivo indirecto, y al cual, el ejercicio de la huelga lo afecta en sus derechos también protegidos y garantizados constitucionalmente”. 

“Entendemos entonces que, la Delegación de UTA de nuestra provincia tiene que recapacitar y cumplir con las normativas vigentes y los fallos judiciales firmes”, añadió el funcionario provincial.

En paralelo, aseguró que reiteraron la solicitud de distribución equitativa de los subsidios nacionales y aseveraron que “no se puede dejar sin un servicio público indispensable a la gente”.

Fuente: Defensoría del Pueblo de Formosa.

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