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Sábado 04 de mayo de 2024
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AFIP duplicó el monto de reintegro para compras con tarjetas de débito ¿quiénes se beneficiarán?

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) duplicó el monto de reintegro del 15% para las compras realizadas con tarjeta de débito y extendió el beneficio hasta el 31 de diciembre de 2023.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) duplicó el monto de reintegro del 15% para las compras realizadas con tarjeta de débito y extendió el beneficio hasta el 31 de diciembre de 2023.

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Mediante la Resolución General N.º 5360, la AFIP elevó el monto de reintegro para compras con tarjeta de débito a un tope mensual de $4.056 por beneficiario y de $8.114 para aquellos que perciban dos o más beneficios, valores que comenzaron a regir desde el 1 de julio de 2023.

Hasta el 30 de junio, los reintegros máximos eran de $2.028 y $4.057 respectivamente.

¿Qué productos son alcanzados por el reintegro?

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El régimen abarca a aquellos productos que se comercializan en negocios dedicados a la venta al por menor y al por mayor como mini, súper e hipermercados, sumado a los que realicen venta de productos alimenticios únicamente, que se encuentran inscriptos ante la AFIP. 

También están alcanzados los kioscos y farmacias, siempre y cuando el beneficiario abone con tarjeta de débito. AFIP comunicó además que, una vez alcanzado el tope mensual de reintegro, el beneficio deja de correr hasta el mes próximo.

¿Cómo se realizan los reintegros?

Los reintegros se acreditan en forma automática cuando los beneficiarios realizan compras en comercios con la tarjeta de débito asociada a la cuenta en la cual perciben sus prestaciones

El reintegro también está previsto para las operaciones abonadas con esas tarjetas bajo la modalidad de pago electrónico inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR) y el monto a reintegrar se acreditará dentro de las 24 y 48 horas hábiles posteriores a efectuada la compra según el horario en que se haya realizado, con la tarjeta de débito donde la persona cobra la asignación, pensión o jubilación.

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Quienes cobren una jubilación mínima recibirán este reintegro.

Las compras realizadas entre las 00:00 horas y las 17:00 horas, harán efectivo el reintegro dentro de las 24 horas hábiles de efectuada la compra. En cambio, aquellas posteriores a las 17:00 horas, obtendrán el reintegro dentro de las 48 horas hábiles después de hecha la compra.

¿Quiénes se verán beneficiados con este reintegro?

Podrán acceder al beneficio de reintegros del 15% las personas que cobren la jubilación mínima, perciban una pensión mínima por fallecimiento o sean beneficiarios de una pensión no contributiva nacional mínima (invalidez, vejez, madre de 7 o más hijos, AUE, AUH, entre otras).

En primer lugar, es condición fundamental que la tarjeta de débito esté asociada a la cuenta bancaria del jubilado, pensionado o titular de asignaciones universales por hijo o embarazo, ya que de lo contrario, aunque quien realice la compra sea titular de alguna de las asignaciones, el reintegro no podrá ser aplicado.

Por otro lado, están excluidos del beneficios los monotributistas, excepto aquellos adheridos al Régimen de Trabajador Promovido, monotributo social o al especial para pequeños productores agrarios de tabaco, caña de azúcar, yerba mate y té que se encuentren encuadrados en la categoría A. 

Los monotributistas extán excluídos del reintegro.

Tampoco pueden formar parte del programa quienes tributan el Impuesto sobre los Bienes Personales por otros bienes que no son vivienda única, aunque formen parte de alguna de las categorías mencionadas.

Fuente: Infobae.

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