Ante la amenaza de la nueva variante de COVID-19 denominada Ómicron, desde la Dirección General de Vigilancia de la Salud (DGVS) recomendaron al Ministerio de Salud de Paraguay establecer modificaciones en el protocolo de ingreso al país para viajeros procedentes de Sudáfrica, Botswana, Lesotho, Eswatini, Zimbabwe, Namibia, Malawi, Mozambique, Zambia y Angola. En tanto desde Argentina se dispuso que quienes lleguen de África deberán hacer aislamiento.
El infectólogo Tomás Mateo Balmelli, expresó que hasta el momento se sabe que la variante Ómicron es de alta transmisibilidad y se desconoce aún si es menos o más severa que las otras variantes del COVID-19.
De esta manera y ante una nueva variante del COVID-19, el infectólogo señaló que por el momento se desconoce si las vacunas actuales deben ser modificadas para que sean adaptadas a la variante Ómicron.
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— Ministerio de Salud (@msaludpy) November 29, 2021
Restricciones a viajeros por la variante Ómicron
Para prevenir casos de la variante Ómicron en Paraguay, el Ministerio de Salud resolvió realizar modificaciones pertinentes en el protocolo de ingreso al país para viajeros procedentes de Sudáfrica, Botswana, Lesotho, Eswatini, Zimbabwe, Namibia, Malawi, Mozambique, Zambia y Angola.
Mientras que para los viajeros paraguayos provenientes de los países antes mencionados, se recomienda que estos realicen cuarentena por 10 días y se sometan a un Test PCR.
Además, dicha variante tiene una gran cantidad de mutaciones, algunas de las cuales son preocupantes y la evidencia preliminar sugiere un mayor riesgo de reinfección con la variante Ómicron.
Restricciones dispuestas en Argentina
Por su parte, el Gobierno argentino dispuso que todas las personas que ingresen al país procedentes de África o que hayan estado en el continente africano en los últimos 14 días previos a su llegada a la Argentina deberán realizar un aislamiento obligatorio en razón de las advertencias realizadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre la nueva variante Ómicron, detectada originalmente en Sudáfrica.
También se debe:
- Informar, en su Declaración Jurada, si proviene o si estuvo, en los últimos 14 días previos a su ingreso al país, en las zonas afectadas definidas por la autoridad sanitaria nacional.
- Haber completado el esquema de vacunación por lo menos 14 días antes de su ingreso al país. Las personas consignarán dicho extremo en la declaración jurada exigida por la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR.
- Contar con una prueba de PCR negativa realizada en el país de origen dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas previas al ingreso al país.
- Realizarse una prueba de antígeno, a su llegada al país.
- Realizar la cuarentena prevista en el artículo 7° inciso d) del Decreto N° 260/20 y sus normas modificatorias y complementarias, y hacerse un test de PCR al décimo día de su toma de muestra de test PCR en origen, cuyo resultado deberá ser negativo, como condición de finalización del aislamiento obligatorio.
- Aquellas personas extranjeras no residentes deberán adicionar a los requisitos antes mencionados, el deber de poseer UN (1) seguro de salud COVID-19, con cobertura de servicios de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios, para quienes resulten casos positivos, sospechosos o contactos estrechos.
Fuente: Diario Hoy y Télam.
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