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Sábado 04 de mayo de 2024
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¿Qué tengo que hacer si no puedo ir a votar en noviembre?

Todo lo que necesitás saber sobre la multa por no emitir sufragio y quienes están exceptuados de ir a votar en caso de tener justificación en las próximas Elecciones generales.

Todo lo que necesitás saber sobre la multa por no emitir sufragio y quienes están exceptuados de ir a votar en caso de tener justificación en las próximas Elecciones generales.

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Las Elecciones generales se acercan y, con esto, empiezan las preguntas que resurgen periódicamente. Algunas de ellas son: ¿qué se vota? ¿Dónde voto? ¿Qué pasa si no voté en las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) de septiembre? ¿Podré votar en las Elecciones Generales del 14 de noviembre?

En esta nota de NEA HOY responderemos todas estas dudas.

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¿Qué se vota en las Elecciones generales 2021?

En estas Elecciones se renuevan 127 bancas en diputados que tendrán su mandato por cuatro años y 24 senadores que tendrán su lugar hasta 2027 ya que se renueva por tercios cada dos años. 

En referencia a los representantes legislativos del NEA en el Congreso de la Nación Argentina se distribuyen de la siguiente manera: 

  • Cámara baja: la provincia del Chaco, Corrientes y Misiones renovarán tres diputados nacionales, mientras que Formosa dos.
  • Cámara alta: este año corresponden renovar senadores en ocho provincias de las cuales, Corrientes es la única de la región que vota por representantes de la Cámara alta y son tres los funcionarios que deberán asumir en este puesto.

 

¿Dónde voto?

Para saber exactamente el lugar en donde vota cada persona, se deberá consultar el padrón electoral desde el sitio web: www.padron.gob.ar

Allí deberás completar el formulario con los siguientes datos:

  1. Número de DNI
  2. Género que figura en el documento
  3. Distrito de residencia
  4. Validar el código que ofrece el sitio

Ante cualquier duda, la Cámara Nacional Electorial ofrece una línea de consulta: 0800-999-7237

En estas elecciones es de suma importancia saber donde uno vota. Y en esta oportunidad se da la particularidad de que habrá un 25% de cambios en la asignación de los centros de votación. La medida adoptada por la Cámara Nacional Electoral de habilitar solamente ocho mesas por establecimiento sumó nuevos sitios para votar, muchos de ellos en lugares abiertos como clubes o canchas de fútbol. 

¿Quiénes están obligados a votar?

De acuerdo a la Cámara Nacional Electoral, y a pesar del contexto epidemiológico por la pandemia por la enfermedad de COVID-19, el voto es obligatorio. Todos los ciudadanos que tengan 18 años o más a la fecha de la elección nacional, tienen el derecho y el deber cívico de votar. Sin embargo, es importante destacar que es optativo y no obligatorio emitir sufragio para los menores de 18 y mayores de 70 años.

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¿Quiénes están exentos de la obligación de votar?

Los únicos ciudadanos que no están obligados a votar pero pueden si así lo desean son:

  • Los jóvenes mayores de 16 y menores de 18 años.
  • Los mayores de 70.
  • Los jueces y sus auxiliares que el domingo 14 de noviembre deben prestar servicios.
  • Aquellos que se encuentren el día de las elecciones, a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables.
  • Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, que les impida asistir al acto electoral.
  • El personal de organismos o empresas de servicios públicos que se encuentre afectado el día de los comicios por razones laborales. En este caso, el empleador o su representante legal comunicará al Ministerio del Interior la nómina respectiva con diez días de anticipación a la fecha de la elección con la pertinente certificación.
  • Los ciudadanos residentes en el exterior.

¿Qué pasa si no justifico el no voto?

Por la situación epidemiológica, la Cámara Nacional Electoral exceptuó de ir a votar a quiénes tengan COVID-19 el día de las elecciones, los que sean caso sospechoso, los que sean contacto estrecho de un caso positivo y a las personas que por ser grupo de riesgo tengan indicación médica de no ir a votar. Estos deberán elevar una justificación, mediante un certificado sobre su situación.

Asimismo, quiénes hayan ido a votar en las PASO y en el establecimiento hayan presentdo algún síntoma compatible a COVID-19 o de un caso sospechoso, también estuvieron exceptuados de votar. 

Ahora bien, las personas que no vayan a votar y no justifiquen la ausencia de acuerdo a las causales citadas, deberán pagar una multa de $100.

¿Qué pasa si no voto en las Elecciones 2021 en Argentina?

Mientras no paguen la multa, quedarán registrados como infractores, lo que implica que no podrán hacer trámites durante un año ni obtener el pasaporte. Así como tampoco podrán ser designados funcionarios públicos durante tres años. 

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La información se actualiza en la web dos días hábiles después de saldada la deuda y el monto de las sanciones integra el Fondo Partidario Permanente, a cargo del Ministerio del Interior.

Te compartimos cómo pagar la multa:

Ingresá en infractores.padron.gov.ar y seleccioná “Boleta de pago de multa” para efectuar el pago que puede ser mediante el Banco de la Nación Argentina o por otros medios. 

  • Pago mediante Banco Nación: hacer click en el botón “Banco Nación” y generá una boleta de pago. Imprimí la boleta y dirigite a la sucursal del Banco Nación que te resulte más conveniente y abonar allá, presentándote en las ventanillas correspondientes. 

Esta operación puede demorar 48 horas aproximadamente en ser reflejada en el Sistema de Consulta del Registro de Infractores.

  • Pago por otros medios electrónicos: hacer click en “Otros medios de pago”. Tendrás que generar una boleta y después completar los datos personales. Luego, seleccioná la tarjeta de débito o crédito correspondiente. Incluso, se puede pagar mediante Pago Fácil, Rapipago o Cobro Express.

No obstante, si por otro motivo no pudiste votar podrás justificar la no emisión del voto. Para ello, deberás ingresar en el siguiente sitio web: infractores.padron.gov.ar

Allí, en el Registro de Infractores al Deber de Votar, tendrás que completar la información correspondiente a tu número de DNI, sexo, distrito electoral, el código de verifación y click en “consultar”. Luego, te econtrarás con todas las elecciones que te corresponden desde que tenés la habilitación a votar y el estado de tu condición. 

Por indicación del Juzgado Federal con competencia electoral, luego deberás remitir las constancias que acrediten tu imposibilidad de emitir su voto con copia del frente y dorso del DNI al correo electrónico [email protected] 

ADEMÁS EN NEA HOY: 

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