En el marco del Día Internacional del Yaguareté, que se conmemora cada 29 de noviembre, la crítica situación de esta especie, declarada Monumento Natural Nacional y en peligro de extinción, expone una grave deuda del sistema judicial argentino. En el país quedan apenas unos 250 ejemplares y, aunque su rol es clave para los ecosistemas, su mayor amenaza no es solo la deforestación o la caza furtiva, sino la impunidad: la mayoría de las causas por caza o tráfico ilegal no avanzan en los tribunales. La reciente condena en Formosa aparece como una excepción en un escenario dominado por la inacción.
En agosto, cuatro hombres fueron condenados a dos años de prisión por matar un yaguareté en un campo de Ibarreta, en lo que constituyó la primera sentencia de prisión por este delito en Argentina. Sin embargo, el fallo no logra revertir una problemática estructural. Entre 2010 y 2023, la UFIMA ( Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos contra el Medio Ambiente) abrió 46 investigaciones por caza o comercio ilegal del felino que fueron recopiladas por FOPEA en su investigación «Los expedientes del Yaguareté», pero solo la de Formosa llegó a condena penal. Organizaciones como Red Yaguareté, dedicadas a la conservación del felino, señalan que el número real de incidentes es mayor, siguiendo más de 75 causas y sospechando que muchos hechos nunca llegan a judicializarse

Las estadísticas reflejan la fragilidad del sistema: tres de cada diez causas por caza se archivan y muchas otras prescriben o quedan paralizadas por falta de pruebas o identificación de responsables. Mientras la caza se concentra en provincias del Norte, como Salta, Formosa y Misiones, el comercio de cueros se detecta principalmente en Buenos Aires y CABA.
Desde la UFIMA señalan que el 42% de sus investigaciones están vinculadas a delitos contra fauna protegida, pero que el organismo tiene facultades limitadas durante la etapa preliminar. Además, una vez judicializadas, pierde seguimiento directo de los expedientes. Una vez que el expediente pasa a la órbita del Poder Judicial, la UFIMA deja de intervenir activamente, realizando solo seguimiento con fines estadísticos. El desconocimiento sobre el estado de muchos expedientes es un obstáculo: por ejemplo, una causa iniciada en 2020 por presunta caza en el río Bermejo todavía continúa “en trámite”. Los pocos casos donde históricamente hubo sanción (al menos dos por tenencia de cueros) fueron de carácter administrativo (impuestas por organismos ambientales) y no penal (por la Justicia Federal).

El fiscal Ramiro González considera que la Ley de Conservación de la Fauna impone penas leves que suelen terminar en suspenso y remarca la necesidad de endurecer las sanciones, especialmente en el caso del yaguareté. Tras el precedente de Formosa, se presentó un proyecto para elevar las penas por la caza del yaguareté a un rango de cuatro a ocho años de prisión, lo que implicaría el cumplimiento efectivo en todos los casos.
Los expertos coinciden en que una persecución más efectiva del delito ambiental requiere de una reforma integral que incorpore tipos ambientales al Código Penal, cree juzgados especializados y fortalezca la coordinación entre los organismos competentes. La protección de la fauna silvestre, cuyo trabajo «no solo busca sancionar, sino también proteger bienes colectivos», es fundamental para evitar la pérdida de especies que afecta directamente a los ecosistemas y a la calidad de vida de todos
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