Tras el fracaso de las negociaciones entre los sindicatos y los empresarios, el Gobierno de Javier Milei dispuso un aumento compulsivo del salario mínimo, vital y móvil y fijó los nuevos montos que regirán desde abril hasta agosto de 2025.
Confirmaron el aumento del salario mínimo, vital y móvil
A través de la Resolución 5/2025 publicada este viernes 9 de mayo en el Boletín Oficial, la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social dio a conocer las nuevas cifras que tendrá el sueldo mínimo.
En tal sentido, el texto recuerda que durante las reuniones del Consejo, integrado por gremios y cámaras empresarias, “se detalló la propuesta unificada del sector representativo de los trabajadores y del sector representativo de los empleadores” pero no hubo acuerdo. “Habiendo transcurrido las sesiones sin acuerdo, la suscripta se encuentra en la obligación de emitir un laudo correspondiente sobre tales puntos”, establece el documento oficial.

Cómo quedó el salario mínimo y la prestación por desempleo
- A partir del 1° de abril de 2025, en $302.600 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y de $1.513 por hora, para los trabajadores jornalizados.
- Desde el 1° de mayo de 2025, aumentará a $308.200 para los argentinos con empleos mensuales y $1.541 para quienes trabajen por hora.
El 1° de junio de 2025, el salario mínimo, vital y móvil se ajustará a $313.400 mensual y $1.567 por hora. - Al 1° de julio de 2025, la remuneración mínima mensual ascenderá a $317.800 y $1.589, respectivamente.
- Por último, el 1° de agosto de 2025 se realizará la última actualización a $322.000 por mes y $1.610 por hora.
A la vez, la Resolución destaca que la Prestación por Desempleo “será equivalente a un 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los 6 meses anteriores al cese del contrato de trabajo que dio lugar a la situación de desempleo”. Siguiendo esa línea argumental, en ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% del salario mínimo, vital y móvil vigente, ni superior al 100% de este.
Fuente: La 100
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