El martes pasado, el Ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona, desató una tormenta de críticas y preocupación con sus declaraciones sobre la identidad de género durante su presentación en la Comisión de Mujeres y Diversidad de la Cámara de Diputados.
En un contexto de debate sobre la desarticulación de políticas públicas en materia de género y el cierre de la Subsecretaría de Protección contra la Violencia de Género, Cúneo Libarona aseguró: “Nosotros rechazamos la diversidad de identidades sexuales que no se alinean con la biología. Son inventos subjetivos”.
Luego de ese comentario, Cúneo Libarona llamó a un colaborador y le susurró al oído, pero el micrófono le jugó una mala pasada: «Esto está textual del discurso de (Javier) Milei», justificó. Pero eso es tela para otra nota.
Sean del Ministro o del Presidente, estas palabras no sólo han generado controversia, sino que también han puesto en tela de juicio la vigencia y el respeto hacia las leyes y tratados internacionales que garantizan la igualdad y la no discriminación por identidad de género.
Las Leyes Nacionales y el Derecho a la Identidad de Género
Contrario a las afirmaciones del Ministro, la legislación argentina es clara y firme en cuanto a la protección de la identidad de género. La Ley N° 26.743, sancionada el 9 de mayo de 2012 durante la presidencia de Cristina Fernández de Kirchner, reconoce el derecho de todas las personas a ser inscriptas en su DNI y otros documentos personales conforme al nombre de elección y el género con el que se autoperciben.
Esta ley define la identidad de género como “la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente”, sin importar el sexo asignado al momento del nacimiento. La norma asegura el derecho al reconocimiento de esta identidad, el libre desarrollo de la persona y la posibilidad de modificar la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea una elección libre.
Además de la Ley de Identidad de Género, otras normativas nacionales también abogan por la igualdad y la diversidad sexual. La Ley 26.618 de Matrimonio Igualitario, sancionada el 15 de julio de 2010, permite los matrimonios entre personas del mismo sexo.
El Código Civil y Comercial, así como la Ley de Acceso Integral a las Técnicas de Reproducción Humana Asistida (Ley 26.862), consolidan el derecho a la no discriminación y el acceso a servicios médicos sin importar la orientación sexual.
No es tan fácil eliminar una Ley
Algo muy importante a tener en cuenta, dentro del derecho, es que cuando una ley argentina está vinculada a un tratado internacional y se busca modificar o eliminar esa ley, el proceso es más complejo debido a las obligaciones internacionales asumidas por el país.
En el ámbito internacional, los tratados ratificados por Argentina también respaldan el derecho a la identidad de género y la diversidad sexual. La reforma constitucional de 1994 incorporó varios tratados internacionales con jerarquía constitucional, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Además, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), la Declaración de Montreal (2006) y los Principios de Yogyakarta (2006) abogan por la protección de los derechos de las personas independientemente de su orientación sexual o identidad de género.
El abogado Emiliano Litardo, co-redactor de la Ley de Identidad de Género, señala: “El derecho a la identidad de género se sustenta en tratados de derechos humanos con jerarquía constitucional y rango supralegal, así como en decisiones de los órganos de estos tratados que tienen un impacto a nivel doméstico, y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.
Las reacciones al discurso
Las declaraciones de Cúneo Libarona han sido ampliamente repudiadas por la comunidad académica y los defensores de los derechos humanos. Por ejemplo, la Universidad de Buenos Aires (UBA), a través de una resolución “ad referéndum” del Consejo Superior, criticó las afirmaciones del ministro por desconocer las bases legales y constitucionales del país.
En el documento, la UBA reafirma su compromiso con la libertad, el respeto y la dignidad de todas las personas, sin distinción de género u orientación sexual. Pero eso es casi lo más liviano, desde el ámbito legislativo, la oposición reaccionó con más firmeza.
Diputadas y Diputados han impulsado un juicio político contra Cúneo Libarona, acusándolo de mal desempeño y de incumplimiento de las leyes vigentes en materia de género. La diputada Mónica Macha, quien presentó el proyecto, argumenta que la gestión del ministro “viola los Derechos Humanos y se sitúa por fuera del Estado de Derecho”.
Si bien La Coalición Cívica y otros bloques no firmaron, también han cuestionado al Ministro, solicitando en cambio su renuncia y exigiendo una interpelación para aclarar su postura y los posibles impactos de su gestión en las políticas de género.
La posición del Gobierno Nacional
El vocero presidencial, Manuel Adorni, intentó defender las declaraciones del Ministro, pero sus palabras solo sirvieron para reafirmar la postura del Gobierno, que parece no reconocer ni rechazar las identidades de género no binarias, limitando la acción estatal a un “no cuestionamiento” de cómo la gente se autopercibe.
En su habitual conferencia de prensa, Manuel Adorni remarcó: «Nosotros estamos en contra de que las políticas de género y todo lo que ha sido la defensa de determinados colectivos tengan detrás determinados negocios que no hacen a la defensa de nadie, ni de las mujeres, ni los hombres, ni los que no lo son».
Este enfoque, lejos de avanzar hacia la igualdad y la protección de los derechos, parece abrir la puerta a la discriminación y a la desarticulación de políticas esenciales para la protección de las personas más vulnerables.
Tehuel y la identidad de Género
Tehuel de la Torre era un joven trans argentino que desapareció en la tarde del 11 de marzo de 2021 luego de salir de su casa en San Vicente, Buenos Aires. El viernes 30 de agosto del 2024, uno de los acusados de su homicidio fue condenado a cadena perpetua ya que se consideró al crimen agravado por la identidad de género.
Se conoció la sentencia para Luis Ramos, uno de los imputados por el caso de desaparición y homicidio del joven trans Tehuel de la Torre. En un fallo que marca un precedente, el Tribunal Oral Criminal (TOC) II, presidido por Claudio Bernard y compuesto por Silvia Hoerr y Ramiro Fernández Lorenzo, impuso la pena máxima de reclusión a Ramos. Dado que el acusado ha reincidido, no tiene derecho a solicitar una reducción de su condena.
Los jueces argumentaron que «Ramos no sólo acabó con la vida de Tehuel motivado por el odio hacia su identidad de género, sino que también eliminó lo único tangible que queda de una persona al morir. De esta manera, impidió que sus seres queridos pudieran tener su cuerpo para darle un último adiós, velarlo y despedirlo»
La identidad de género no es un “invento subjetivo”, sino un derecho fundamental respaldado por leyes nacionales y tratados internacionales. La defensa de estos derechos es necesaria para garantizar una sociedad inclusiva y respetuosa de la diversidad.
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