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Jueves 12 de diciembre de 2024
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Los puntos más críticos de la reforma laboral, acusada de violar la Constitución, que quiere el Gobierno

El texto amplía el período de prueba a seis meses y un año, crea un fondo de cese para reemplazar las indemnizaciones, entre otros puntos. Duras críticas de UxP y el FIT a la iniciativa que se discutirá el lunes, como parte de la ley Bases, en el recinto de la Cámara baja.

El texto amplía el período de prueba a seis meses y un año, crea un fondo de cese para reemplazar las indemnizaciones, entre otros puntos. Duras críticas de UxP y el FIT a la iniciativa que se discutirá el lunes, como parte de la ley Bases, en el recinto de la Cámara baja.

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La reforma laboral pretendida por el Gobierno de Javier Milei y pactada con el radicalismo, que contenía unos 53 artículos, se acotó a 18 por presión de otro bloque aliado, Hacemos Coalición Federal, que preside Miguel Ángel Pichetto. Entre las principales reformas del mundo del trabajo contenidas en el proyecto de ley Bases para la Libertad figuran las siguientes:

  • Se eliminan las multas que agravan la indemnización por despido de empleados no registrados, o en negro, como se los llama popularmente.

“Estas multas generaban incertidumbre sobre cuánto iba a ser el pasivo laboral, y por eso frenaban la contratación en las PyMES”, alega el diputado Martín Tetaz, de la UCR. En cambio, seguirá castigado aquel empleador que tenga trabajadores en forma irregular y que sea detectado por las autoridades.

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“Siguen existiendo las multas de la ley de procedimiento fiscal, que habilitan a la AFIP, además de cobrar lo debido, a multar por hasta dos a seis veces lo adeudado. Lo que no hay más es un agravamiento indemnizatorio en juicio, aclara el exdiputado radical y actual secretario parlamentario de la UCR, Alejandro Cacace.

  • Se amplía el periodo de prueba de tres a seis meses o un año: hasta ahora, cuando un empleado se incorpora a una empresa está en prueba durante tres meses, periodo en el cual se lo puede despedir sin indemnización.

Ahora ese plazo se extiende a medio año si una compañía de más de 100 empleados, a ocho meses si el empleador tiene una plantilla de seis a 100 personas y hasta un año si solo cuenta con cinco.

  • Trabajadores independientes en lugar de empleados si el patrón tiene menos de cinco: se crea la figura de “trabajador independiente con colaboradores” y se establece que “podrá contar con hasta otros cinco trabajadores independientes para llevar adelante un emprendimiento productivo y podrá acogerse a un régimen especial unificado que al efecto reglamentará el Ejecutivo nacional”.
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Este sistema “estará basado en la relación autónoma, sin que exista vínculo de dependencia entre ellos, ni con las personas contratantes de los servicios u obras e incluirá, tanto para el trabajador independiente como para los trabajadores colaboradores, el aporte individual de una cuota mensual que comprenda la cotización al régimen previsional, las obras sociales y los riesgos del trabajo”.

La iniciativa aclara: “Queda prohibido fragmentar o dividir los establecimientos para obtener beneficios en fraude a la ley”. Pero claro que el riesgo de que esto ocurra es patente.

  • Los sectores empresariales y los sindicatos pueden pactar reemplazar las indemnizaciones por despidos por un fondo de desempleo: mediante convenios colectivos de trabajo, ambas partes podrán sustituir la indemnización prevista en por la ley de contrato de trabajo, que estable un mes de salario por año trabajado, y sustituirla por un “fondo o sistema de cese laboral conforme los parámetros que disponga el Ejecutivo”.

Se trata de un sistema similar al que rige en la Unión Obrera de la Construcción (UOCRA). En ese caso, “los empleadores podrán optar por contratar un sistema privado a su costo, a fin de solventar la indemnización prevista” hasta ahora “o la suma que libremente se pacte entre las partes para el supuesto de desvinculación por mutuo acuerdo”. “En todos los casos, las empresas podrán autoasegurarse en el sistema que se defina.”

  • En los casos de despido sin justa causa, habiendo o no mediado preaviso y luego de transcurrido el período de prueba, se deberá abonar al trabajador una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses, tomando como base de cálculo la mejor remuneración del último año. Se excluye el aguinaldo y otros conceptos de pago semestral o anual.
Entre los férreos defensores de la reforma laboral de Milei se encuentran diputados de la UCR como Martín Tetaz.

Críticas a la reforma laboral de Milei

Durante el plenario en comisiones de ayer los opositores más duros criticaron fuertemente la reforma laboral del oficialismo y sus aliados. El jefe del bloque de Unión por la Patria, Germán Martínez, pidió «hacer memoria» con una advertencia: repasó las tapas de los diarios a lo largo del año 2000, cuando el Gobierno de Fernando de la Rúa y su ministro de Trabajo, Alberto Flamarique, impulsaron una reforma laboral que terminó en el escándalo de las coimas en el Senado para aprobarla y la renuncia del vicepresidente Carlos “Chacho” Alvarez.

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Myriam Bregman (FIT-PTS) hizo lo propio: “Lo que están haciendo es ilegal y es anticonstitucional. No pueden hacer una reforma laboral sin que pase por la comisión de trabajo, eso va a ser impugnado, ustedes lo saben. Solo le están dando una señal a los patrones del Llao Llao, nada más que eso. Es inconstitucional porque viola el principio de progresividad de derecho y todos los tratados internacionales, de derechos humanos y laborales firmados por nuestro país«.

Su compañera de bancada, Romina del Plá (FIT-PO) ligó los objetivos que el Gobierno se traza con la reforma laboral y la ley ómnibus: Para los trabajadores hay impuesto sobre los salarios, liquidación del monotributo social y derogación de las jubilaciones por moratoria. Para los empresarios hay moratoria impositiva, blanqueo de capitales y reducción de la alícuota a bienes personales. Si atamos los puntos, una vez más a los trabajadores nos hacen pagar la fiesta de los fugadores, de los narcos y de los empresarios».

En tanto, Pablo Moyano aseguró que esta reforma representa «una condena para los trabajadores».

En declaraciones a AM750 dijo que a la reforma «la rechazamos de plano. No podemos permitir que los trabajadores no cobren indemnizaciones y que se le tengan que pagar ellos mismos”, dijo. 

Al mismo tiempo, alertó por la pérdida de derechos y lamentó que, si avanza la reforma, los trabajadores no tendrán derecho a huelga. «Plantea los períodos de prueba y eso no es negociable. Eso es regresivo, te saca derechos. Y es represiva si llevás adelante a una medida de fuerza. Es condenar a los trabajadores que llevan adelante una medida”.

Fuente. Diario Ar y Página 12.

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