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Jueves 12 de diciembre de 2024
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Netflix, HBO y Spotify: cómo pedir la devolución de impuestos pagados en 2023

Se trata del reembolso del 35% en percepciones de la AFIP por compras en moneda extranjera, aplicable a servicios en línea como plataformas de streaming y música. Todos los requisitos.

Se trata del reembolso del 35% en percepciones de la AFIP por compras en moneda extranjera, aplicable a servicios en línea como plataformas de streaming y música. Todos los requisitos.

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Aquellas personas que no estén registrados en los impuestos de Ganancias o Bienes Personales ahora podrán solicitar la devolución de impuestos, del 35% pagado por compras en moneda extranjera, aunque esto es aplicable a servicios en línea como plataformas de streaming y música, incluyendo servicios similares a Netflix, Amazon Prime Video, HBO o Spotify, a través del sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Ahora bien, para saber cómo hay que solicitar la devolución de impuestos, hay que cumplir con los siguientes requisitos: 

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1) Ingresar a la web de AFIP con CUIT y clave fiscal, 

2) Seleccionar “Devolución de percepciones”, 

3) Elegir entre consultar o cargar manualmente. Para cargar, seleccionar “Nuevo”, ingresar año y mes (AAAAMM) y aceptar 

4) Verificar y presentar la percepción a devolver

5) Descargar el comprobante. 

Hay que resaltar que la AFIP puede tardar hasta 60 días hábiles para procesar la solicitud. Para consultar el estado de la solicitud, volver a “Devolución de percepciones” y presionar “Aceptar” en “Buscar”.

¿Qué pasa con el ahorro en dólares?

Por otra parte, la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó la opción para solicitar la devolución de las percepciones de Ganancias y Bienes Personales por la compra de dólar ahorro y gastos en el exterior realizados durante el 2023.

AFIP habilitó la opción para solicitar la devolución de las percepciones de Ganancias y Bienes Personales por la compra de dólar ahorro y gastos en el exterior realizados durante el 2023.

A través de esta gestión que se realiza de forma online, se puede pedir la devolución del 35% del adelanto a cuenta del Impuesto a las Ganancias por la compra de dólares, o servicios que se encuentran en el exterior, o gastos en moneda extranjera con tarjeta (por ejemplo pasajes a destinos internacionales) que se llevaron a cabo entre enero y diciembre del último año.

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Cabe destacar que este trámite no tiene plazo de vencimiento, aunque solo pueden realizar la solicitud aquellos empleados que no hayan sufrido retenciones en sus recibos de sueldo durante el mismo año y quienes no estén inscriptos en el impuesto.

¿Quiénes pueden solicitar la devolución de impuestos?

Según la Resolución 4815, una vez finalizado el año calendario en el que se produjo la percepción, podrán solicitar la devolución del 35% los siguientes contribuyentes:

  • No se encuentren inscriptos en el impuesto a las ganancias, ni les corresponda realizar la inscripción.
  • Se encuentren inscriptos en el impuesto a las ganancias pero no en bienes personales, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 219.
  • No se encuentren inscriptos en el impuesto sobre los bienes personales, ni les corresponda realizar la inscripción.
  • Se encuentren inscriptos en el impuesto sobre los bienes personales pero no en ganancias, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 217.
  • Trabajen en relación de dependencia y no sean sujetos de retenciones del impuesto a las ganancias por parte de su empleador como agente de retención.
  • Trabajen en relación de dependencia y siendo pasibles de sufrir retenciones del impuesto a las ganancias por parte de su empleador, como agente de retención, les hayan realizado la percepción bajo el código 219.
  • Empleados con retenciones de Ganancias en 2023, deben informar las percepciones 2023 en el SIRADIG para que el empleador devuelva en la liquidación anual (en mayo 2024).
  • Inscriptos en el impuesto (empleados o autónomos) pueden computar las percepciones en la DDJJ anual a presentar en junio 2024 (considerando que las practicadas entre el 23/11 y 13/12 van en la siguiente DDJJ con vencimiento en 2025).
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¿Cómo solicitar la devolución de la percepción?

Antes de realizar el trámite para solicitar la devolución, los interesados deberán contar con CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior. Además, tendrán que informar ante la AFIP el CBU de la cuenta bancaria en la que se realizará la devolución solicitada, un paso que puede hacerse online a través de la web oficial.

Una vez que se cumpla con los requisitos, se podrá continuar con la gestión. Primero se debe ingresar, con clave fiscal nivel 2 o superior, al servicio “Devolución de percepciones”. 

Dentro de ese servicio, se podrá visualizar y seleccionar las percepciones del período mensual que fueron realizadas y se encuentran informadas por el agente de percepción.

Fuente: Crónica.

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