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Domingo 28 de abril de 2024
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Hacia la sindicalización: ¿qué reclaman los trabajadores de Plataformas de Reparto?

Repartidores de plataforma presentaron 600 afiliaciones al Ministerio de Trabajo para conformar un sindicato. Además de reclamar insumos para el ejercicio de la actividad durante la pandemia, reclaman por las condiciones de informalidad en que se encuentran.

Repartidores de plataforma presentaron 600 afiliaciones al Ministerio de Trabajo para conformar un sindicato. Además de reclamar insumos para el ejercicio de la actividad durante la pandemia, reclaman por las condiciones de informalidad en que se encuentran.

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Trabajadores de plataformas de repartos presentaron en el Ministerio de Trabajo el trámite para la creación del Sindicato de Base de Trabajadores de Reparto por Aplicaciones (SiTraRePa). La propuesta presentada cuenta con 600 afiliaciones, de un universo de 55 mil repartidores en todo el país.

La solicitud busca que se reconozca la esencialidad de su trabajo y se garanticen los elementos de seguridad e higiene correspondientes para la crisis sanitaria que atraviesa el mundo.

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Los referentes aclaran que aún no está definido si estarán nucleados dentro de la Confederación General del Trabajo (CGT) o de la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA), pero que es un paso en el reclamo por los derechos laborales básicos que las plataformas de repartos no reconocen.

Las plataformas de reparto y sus trabajadores

Las plataformas de repartos surgieron en Latinoamérica desde el 2010 y comenzaron a ser tendencia en la segunda mitad de la década. En Argentina, si bien ya era posible gestionar repartos a través de la compañía uruguaya PedidosYa, la discusión se dio cuando arribaron la colombiana Rappi y la española Glovo.

En un contexto recesivo, despidos masivos y ante la baja oferta laboral, estas plataformas de reparto inmediatamente se convirtieron en la opción para que muchos jóvenes profesionales pudieran acceder a una actividad económica.

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La llegada de las plataformas de reparto coincidió también con un fuerte flujo migratorio hacia Argentina. Según datos de una encuesta desarrollada por la oficina argentina de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), un alto porcentaje de los repartidores eran migrantes profesionales que, encontrando dificultades para ejercer sus profesiones en el país, debían sostenerse realizando repartos.

El estudio de la OIT del 2020 arrojó que el 64% de los repartidores tiene menos de 30 años y más del 76% son extranjeros

Al preguntar sobre la trayectoria laboral, el mismo estudio encontró que el 65% de los encuestados llevaba menos de 6 meses en la actividad. La alta rotación se explica mayormente por el desgaste físico que exige.

Entonces, aunque la flexibilidad de horarios y la ausencia de jefes y oficinas se muestren como las razones por las que los jóvenes quieran entrar a la aplicación, todo indica que el ingreso y especialmente la permanencia tiene más que ver con las dificultades a la hora de conseguir empleos formales o en actividades más reguladas.

El estudio de la OIT del 2020 arrojó que el 65% de los repartidores llevaban menos de seis meses de actividad.

Hacia la sindicalización

El primer organismo que nucleó a los repartidores fue la Asociación Sindical de motociclistas Mensajeros y de Servicios (ASIMM). Tras los despidos de PedidosYa en el 2019, se creó además la Asociación de Personal de Plataformas y ahora se sumaría el SiTraRepA.

A pesar de que las plataformas de reparto se muestren como una nueva y más atractiva forma de gestionar la actividad, los tres organismos vienen exigiendo los derechos básicos que tienen empleados en relación de dependencia.

Marco regulatorio

En Argentina, el único convenio colectivo del trabajo dirigido a regular el sector es el CCT N° 722/2015. Sin embargo, el convenio tiene un ámbito de aplicación geográfico limitado a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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Además, el convenio es aplicable únicamente a contratos de trabajo en sentido estricto, es decir que su aplicación se circunscribe a relaciones de dependencia y sería inaplicable en el caso de los trabajadores de plataformas de reparto considerados independientes.

Desde el año pasado, el Ministerio de Trabajo viene impulsando un proyecto de “Estatuto del Trabajador de Plataformas bajo Demanda”, que atendiendo a la flexibilidad horaria que caracteriza a la actividad, reconocería la remuneración por horas de trabajo. Además, añadiría adicionales si se realizan en condiciones climáticas adversas o con elementos de trabajo propios.

El estatuto del ministerio de Trabajo contemplaría un fondo de salud e indemnización por despido.

Además, el convenio conformaría, con aportes de las empresas, un fondo a nombre del trabajador para los gastos médicos por enfermedad o accidentes y así tendría acceso a una indemnización en caso de despido.

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