La Fiscal de Estado de Formosa, Stella Maris Zabala, se refirió al pronunciamiento del procurador general de la Nación, Eduardo Casal, quien pidió a la Corte Suprema expedirse sobre la cláusula transitoria de la Constitución Provincial vinculada a la periodicidad de los mandatos del Poder Ejecutivo. La funcionaria advirtió sobre el modo en que el dictamen se difundió en los medios nacionales y subrayó que el proceso judicial “todavía tiene un largo camino por transitar”.
Zabala cuestionó la forma en que trascendió el documento firmado por Casal. La funcionaria señaló: “Lo que más me sorprende es que todavía no estaba subido el fallo a la página web de la Corte; sin embargo ya todos los medios lo tenían”, aludiendo a la cobertura de La Nación, Clarín y El Comercial.
“Yo lo tengo porque lo he recibido de las publicaciones periodísticas, pero hasta las 18 horas, todavía la Corte no lo había subido”, expresó, y remarcó: “Me sorprende sobremanera cómo esto ha trascendido sin guardar la reserva que debe tener”.

La Fiscal recordó que, pese a la repercusión mediática, el proceso judicial recién comienza: explicó que el camino procesal “es largo” y que, incluso si la Corte decide tomar la competencia, luego deberá “correr traslado a la provincia, que tiene 60 días para contestar la demanda”, antes de que el expediente pase “a estudio de los Ministros”. Zabala enfatizó que “tenemos todavía un largo camino para transitar” y reiteró que la cláusula es “absolutamente constitucional”.
El aval jurídico de Carlos Rodolfo Barra
Por otro lado, Zabala se refirió al debate de fondo sobre la cláusula transitoria. Sostuvo su “total acuerdo” con las declaraciones de Carlos Rodolfo Barra, ex procurador del Tesoro de la Nación -designado por el Presidente Javier Milei a través del Decreto 23/2023- y ex Ministro de la Corte Suprema, quien avaló la validez del artículo provincial.
La Fiscal de Estado destacó “la solvencia intelectual del doctor Barra” y su trayectoria, afirmando que “nadie puede pensar que tenga un criterio antojadizo”.

Zabala explicó que la cláusula transitoria de Formosa es “una copia del Artículo 90 de la Constitución Nacional de 1994”, que fijó el mandato presidencial en cuatro años y estableció una cláusula transitoria para habilitar la reelección, pero aclaró que ese período sería considerado el primer mandato del presidente en ejercicio, entonces Carlos Menem. La única diferencia en el texto provincial -señaló- es la inclusión del cargo de Vicegobernador.
“La interpretación del mandato indefinido no existe más”
Ante los cuestionamientos sobre una supuesta reelección indefinida, Zabala fue tajante: “La interpretación del mandato indefinido no existe más”. Recordó que la objeción previa de la Corte se debía a que la vieja Constitución Provincial no fijaba un término de mandato, un punto que -sostuvo- fue completamente subsanado con la reforma. “No hay motivo para ninguna inconstitucionalidad”, subrayó.
Con información de Agenfor
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