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Jueves 18 de septiembre de 2025
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La Justicia obligó a la Agencia de Discapacidad y al Gobierno Nacional a devolver las pensiones en Misiones

Cuatro personas recuperarán su pensión por invalidez que perdieron durante las auditorias de Andis.

Cuatro personas recuperarán su pensión por invalidez que perdieron durante las auditorias de Andis.

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El Vicegobernador de Misiones, Lucas Romero Spinelli, acompañado por la presidenta del Consejo Provincial de Discapacidad, Tatiana Antúnez, y por el abogado Luis Adrián Oudin, encabezó una conferencia de prensa. El encuentro se desarrolló con motivo del fallo de la Justicia misionera que ordenó a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) restituir las pensiones no contributivas por invalidez que habían sido dadas de baja de manera arbitraria a cuatro vecinos de la provincia.

La sentencia fue dictada el pasado 5 de septiembre por la jueza civil y comercial de Posadas, Carmen Helena Carbone, y tanto el Estado Nacional como la ANDIS fueron finalmente notificados este 17 de septiembre. De esta manera, comenzó a correr el plazo perentorio de 48 horas para que el Gobierno Nacional se ponga a derecho y cumpla con la resolución judicial.

El caso de las bajas de pensiones en Misiones

Los demandantes —Emilio Mauro (Apóstoles), Wilson Toniolo (Candelaria), Marcos Javier Pereira Duarte (Garupá) y Claudia Belén Romero (San José)— promovieron una acción de amparo con el patrocinio del doctor Luis Oudin y la asistencia del Consejo Provincial de Discapacidad, luego de que se interrumpieran sus pensiones sin previo aviso ni resolución administrativa fundada.

La Justicia obligó a la Agencia de Discapacidad y al Gobierno Nacional a devolver las pensiones en Misiones 1
Lucas Romero Spinelli en conferencia de prensa. Imagen: Canal Doce.

La jueza Carbone entendió que la suspensión constituyó un acto arbitrario y violatorio de garantías constitucionales básicas como el derecho de defensa, la seguridad social y la tutela judicial efectiva. En su fallo, resolvió ordenar la restitución inmediata del pago de las pensiones, en un plazo de 48 horas desde la notificación, prohibir cualquier nueva interrupción mientras dure el proceso y establecer multas en caso de incumplimiento.

La jueza explicó además que, si bien la demanda estaba dirigida contra el Estado Nacional y la Agencia Nacional de Discapacidad, correspondía intervenir en forma urgente porque se trataba de un grupo vulnerable y estaba en juego el derecho a la salud y a la vida digna. De esta manera, fundamentó la legitimidad de su intervención y la necesidad de adoptar una decisión inmediata para evitar un perjuicio irreparable a los beneficiarios.

Los fundamentos fueron contundentes: las pensiones poseen carácter alimentario y su suspensión sin debido proceso vulnera derechos reconocidos en la Constitución Nacional, en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y en tratados internacionales de jerarquía constitucional.

La palabra del Vicegobernador

En la apertura de la conferencia, Lucas Romero Spinelli sostuvo que el fallo no está simplemente frente a un tecnicismo judicial, sino que «se está hablando de alimentos, de medicamentos, de techo y de vida digna, y que con este fallo se les devuelve tranquilidad a cuatro familias misioneras, al mismo tiempo que se marca un precedente: ningún gobierno puede atropellar derechos adquiridos sin consecuencias».

El Vicegobernador remarcó que la sentencia pone en evidencia el carácter arbitrario de las bajas, hechas por vía de hecho, sin notificación, sin derecho a defensa y sin acto administrativo que las respalde.

Contexto y proyección

El fallo judicial no sólo alcanza a los cuatro demandantes, sino que se constituye en un precedente clave para cientos de beneficiarios en situación similar. El razonamiento de la jueza Carbone, basado en la Constitución y en tratados internacionales, reforzó la imposibilidad de que el Estado Nacional dispusiera recortes discrecionales sobre derechos sociales básicos.

Passalacqua presentó un amparo para restituir las pensiones por discapacidad en Misiones
El fallo sienta un precedente en defensa de los derechos sociales y contra recortes discrecionales del Estado Nacional. Imagen: Perfil.

La magistrada citó el principio de no regresividad en materia de derechos sociales, recordando que una vez reconocidos no pueden retroceder. Además, invocó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que tiene jerarquía constitucional, y las 100 Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia para personas vulnerables.

La acción judicial de estos cuatro particulares se suma al recurso de amparo presentado por la Fiscalía de Estado de la provincia de Misiones ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, como consecuencia de las irregularidades acontecidas en todo el proceso de auditoría de la ANDIS y denunciadas por Romero Spinelli, luego de un enorme relevamiento territorial del Consejo Provincial de Discapacidad que recolectó cientos de casos de bajas arbitrarias ocurridas en todos los municipios desde el mes de abril.

Fuente: Canal Doce

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