El Gobierno de Javier Milei, a través del Ministerio de Capital Humano, informó que un grupo de beneficiarios, titulares del Programa de Acompañamiento Social que liquida la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), serán dados de baja si no realizan una gestión obligatoria.
Mediante la Disposición 1/2025, el Poder Ejecutivo nacional informó que «el período de solicitud de actualización» tiene como fecha límite este viernes 3 de enero solo en caso de «causa justificada» para revertir una eventual suspensión del cobro.
¿Quiénes dejarán de cobrar el programa de Acompañamiento Social?
El Ministerio de Capital Humano indicó que los titulares de Acompañamiento Social que aún no hayan actualizado sus datos en la plataforma digital deberán realizar la gestión con su información vigente para mantener el cobro de sus haberes. El Gobierno señaló que el trámite es «personal, gratuito y obligatorio para la continuidad en el programa» e informó que el proceso se efectúa de forma presencial.
«Una vez completado este proceso y verificado el cumplimiento de los requisitos, los titulares reanudarán la percepción de sus pagos con los retroactivos correspondientes», comentaron desde la cartera a cargo. El Boletín Oficial remarcó que aquellas personas que aún no actualizaron sus datos, los pagos de sus beneficios no han sido dados de baja, sino que se encuentran suspendidos hasta que cumplan este proceso obligatorio de actualización de datos.

Mi ANSES: ¿Cómo es el trámite para no ser dado de baja de Acompañamiento Social?
La gestión se realiza únicamente de forma presencial, en cualquier oficina de ANSES, y se deberán realizar los siguientes pasos:
- Presentar una solicitud formal de justificación únicamente en forma presencial, en cualquier oficina de ANSES o en los operativos territoriales de atención móvil.
- Adjuntar en esta presentación los documentos que respalden la causal de justificación (certificados médicos, documentación laboral, constancia de domicilio) y el DNI.
- La respuesta al reclamo se enviará a los datos de contactos declarados al momento de realizar el trámite.
Transcurrido la fecha límite y en caso de que no puedan justificarse las razones por las cuales no se realizó oportunamente la actualización de los datos, se procederá a la baja definitiva del titular a partir del 5 de enero de 2025.

¿Cuál es el monto que se cobra por Volver al Trabajo y por Acompañamiento Social?
Pese a que históricamente Potenciar Trabajo, el programa del que devinieron Volver al Trabajo y Acompañamiento Social, se encontraba aparejado con el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) y sus aumentos, desde el nuevo Gobierno, esta prestación mantiene su haber congelado. Por eso, el cobro de enero será de $ 78.000 tal cual se fijó desde diciembre de 2024. Además, para recibir el pago desde el Ministerio de Capital Humano se exigirá que se cumplan distintas condiciones.

¿Cuáles son los requisitos para cobrar Acompañamiento Social?
- Ser mayor de 50 años o ser madre de al menos 4 hijos.
- Estar en situación de vulnerabilidad social por ingresos (menos del SMVM), por condiciones habitaciones (barrio vulnerable) o no acceder a servicios básicos como luz.
- En caso de no cumplir el requisito anterior, deberán tener dificultades para acceder al sistema laboral formal o educativo, en caso de tener hijos.
- Residir en el territorio nacional.
- No recibir jubilaciones o prestaciones sociales.
- Participar en talleres y actividades de capacitación y formación o realizar tareas comunitarias.
- Cumplir con los controles de salud y vacunación.
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