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Lunes 29 de abril de 2024
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La Agencia Nacional de Seguridad Vial aclaró que la RTO y el seguro son obligatorios para circular

Las dudas acerca de su obligatoriedad o no surgieron a partir de que el DNU 70/2023 publicado el jueves en el Boletín Oficial sustituye, mediante el Artículo 361, el artículo 22 del Decreto-Ley Nº 6582/58 ratificado por la Ley N° 14.467.

Las dudas acerca de su obligatoriedad o no surgieron a partir de que el DNU 70/2023 publicado el jueves en el Boletín Oficial sustituye, mediante el Artículo 361, el artículo 22 del Decreto-Ley Nº 6582/58 ratificado por la Ley N° 14.467.

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La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) aclaró que la vigencia de la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) y del seguro continúan siendo requisitos obligatorios para la circulación de vehículos motorizados en la vía pública. 

El Decreto 70/2023 publicado en el Boletín Oficial, en su artículo Nº361 se refiere a la modificación del Decreto/Ley 6582/1958 del Registro de Propiedad Automotor y no a la Ley Nacional de Tránsito (24.449), normativa vigente en la cual figura la obligatoriedad de ambos requisitos.   

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En este sentido, y en vísperas de las Fiestas y de las vacaciones de verano, la ANSV recordó la documentación y elementos requeridos para viajar

  • Documento Nacional de Identidad (DNI). 
  • Licencia Nacional de Conducir. 
  • Cédula verde o azul. 
  • Comprobante de seguro en vigencia. 
  • Comprobante de pago del impuesto a la radicación del vehículo. 
  • Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV)
  • Chapas patente colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado. 
  • Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares. 
rto formosa
La Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV) es obligatoria para circular en Argentina.

RTO: ¿Qué chequear de la mecánica antes de viajar? 

  • Funcionamiento correcto de todas las luces del vehículo. 
  • La presión de los neumáticos. 
  • Que la rueda de auxilio esté en buenas condiciones. 
  • Nivel de aceite, líquido refrigerante y de frenos.

Por su parte, el subsecretario de Transporte y Emergencia de la Ciudad de Formosa, José Olmedo, consideró que el decreto emitido por Javier Milei no puede definir los requisitos para circular en el país. “No se puede legislar sobre algunas cuestiones que son propias de un estado provincial o municipal, sin que éstos hayan delegado facultades o adherido a determinadas normas”, amplió.

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Asimismo, el funcionario local dijo que “en materia de tránsito hay una norma nacional vigente que prevé las condiciones de circulación en el país con adhesión de las provincias”.

Tras la confusión por el megadecreto de Milei y previo a las vacaciones de verano, la ANSV aclaró cuáles son los documentos obligatorios de los conductores.
Tras la confusión por el megadecreto de Milei y previo a las vacaciones de verano, la ANSV aclaró cuáles son los documentos obligatorios de los conductores.

El DNU legisla puntualmente en lo que respecta a la registración de los automotores ante la autoridad competente que es el Registro Público del Automotor. El decreto no tiene vigencia para la cuestión de la circulación con o sin seguro, con o sin revisión técnica. Estas documentaciones son obligatorias para transitar por la ciudad. No cambió nada, concluyó.

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