El Colegio Público de Abogados de la Primera Circunscripción Judicial de Corrientes realizó un contundente pedido a la Justicia correntina que llamó la atención social por advertir una situación de vulneración de los derechos humanos y la confidencialidad en el ejercicio de la defensa, que se vendría desarrollando hace tiempo.
Se trata de escuchas e interceptaciones de comunicaciones particulares, de carácter ilegal, entre las personas privadas de su libertad y los profesionales a quienes se les encomienda su defensa.
Los magistrados consideraron que estos supuestos hechos violentan el deber de confidencialidad y el secreto profesional e implican que se violente la garantía convencional del acceso a un proceso justo y con plena vigencia de las garantías constitucionales.
Según comentaron referentes de la institución, la denuncia surgió como iniciativa de un conjunto de abogados que ejercen la defensa de personas en el fuero federal y provincial, y que se dieron cuenta que en algunos debates se exige como prueba las escuchas entre ellos y sus clientes.
“Lo más dañino de esto es que se viola la privacidad, se viola la confidencialidad y el secreto profesional”, dijo a medios locales Ricardo Leiva, titular de la Comisión de Defensa de la Defensa del Colegio de Abogados de Corrientes.
Y agregó que “mucha gente piensa que estos hechos no son comunes pero sí lo son; todo el mundo es escuchado, es más, se escucha en línea, pero son escuchas indebidas. La escucha debida son aquellas que queda constancia, que se acreditan, notifican y se exhiben para que los abogados defensores o cualquiera de los sujetos que esté interviniendo tome conocimiento”.
Caso del ex juez Soto Dávila
Entre los ejemplos de escuchas ilegales que se produjeron recientemente se encuentra el del ex juez Carlos Soto Dávila, acusado de cobrar coimas a narcotraficantes, en el que hay profesionales abogados que están privados de su libertad y saben que están siendo escuchados.
Estos magistrados, señalan desde el Colegio de Abogados de Corrientes no pueden comunicarse a pesar que esté concedido el beneficio de un celular para poder ponerse en contacto con su abogado o personas allegadas.
Sin embargo, Leiva sostuvo que este tipo de hechos se vienen produciendo desde hace tiempo en el ámbito federal y provincial.
“Sin tener esta protección (del derecho a la confidencialidad) los abogados nos sentimos muy desprotegidos”, manifestó.
Vulneración de DD.HH. y Tratados Internacionales
El comunicado publicado por los magistrados correntinos reiteró que en 2019 el Relator especial del Consejo de Derechos Humanos de la ONU en materia de privacidad, Joseph Cannataci, hizo público su cuestionamiento al sistema de vigilancia en Argentina y dio cuenta de sus varias vulnerabilidades que se derivan del uso excesivo de las interceptaciones o “escuchas”.
Estas, menciona el Relator, son tratadas como una medida ordinaria de investigación para todos los tipos de delitos y no como el último recurso para los delitos graves. Asimismo, dejan al descubierto la debilidad de los controles en la cadena de custodia sobre el acceso al contenido de las interceptaciones y demuestran la falta de un control independiente sobre el uso de las interceptaciones.
Por otra parte, señala que a la Argentina le fueron señalados varios casos de vigilancia ilegal.
Entre otros argumentos jurídicos, el Colegio Público de Abogados citó el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, realizado en la Habana en 1990, el cual adoptó ciertos principios con el fin de ayudar a los Estados miembros en su tarea de promover y garantizar la función adecuada de los abogados.
Básicamente, este Congreso expresó plasmó en el numeral 22 del documento final que “los Gobiernos deben reconocer y respetar la confidencialidad de todas las comunicaciones y consultas entre los abogados y sus clientes, en el marco de su relación profesional”.
A su vez, en el numeral 8 señalan que “a toda persona arrestada detenida o presa se le facilitarán oportunidades en cuanto al tiempo e instalaciones adecuadas para recibir visitas de un abogado, entrevistarse con él y consultarle sin demora, interferencia y censura, y en forma plenamente confidencial”.
Por último, cabe mencionar que los magistrados correntinos pidieron no solo el cese de las interceptaciones de las comunicaciones telefónicas indiscriminadas de los pabellones penitenciarios, a través de los cuales se concretan las comunicaciones con las personas privadas de su libertad y sus abogados, sino también la inmediata destrucción de los registros de las comunicaciones realizadas en contravención al principio de confidencialidad y secreto profesional.
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