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Martes 14 de mayo de 2024
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¿Cómo se calculan las vacaciones en el NEA?

El esparcimiento y el descanso físico en pandemia también son necesarios. La Ley de trabajo lo contempla y estamos en período de diagramar los días de vacaciones de acuerdo a nuestros días trabajados.

El esparcimiento y el descanso físico en pandemia también son necesarios. La Ley de trabajo lo contempla y estamos en período de diagramar los días de vacaciones de acuerdo a nuestros días trabajados.

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¿Vacaciones en 2020? ¿Descanso en 2021? ¿Será posible tener unos días de desconexión después de un año tan atípico? Laboralmente, sí. Porque para aquellos trabajadores en relación de dependencia es un derecho, inclusive con una pandemia de por medio. Más aún, luego de que Argentina recibiera la distinción “Sello Viaje Seguro” por cumplir los protocolos globales de higiene y sanitización otorgado por el Consejo Mundial de Viajes y Turismo (**).

Al entrar en la última parte del año, los empleadores deberán diagramar sus calendarios para coordinar las licencias de vacaciones con los reemplazos por ausencias, los diferentes turnos de trabajo y los salarios correspondientes.

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Existe en el país la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo (LCT) que indica que todo aquel que preste servicios bajo relación de dependencia, anualmente tienen la potestad de gozar de un período de vacaciones pagas.

Características de la licencia vacacional

De acuerdo a los establecido la ley, el periodo de inactividad continuada deberá ser entre el 1º de noviembre y el 30 de marzo, (*) aunque en caso de crisis, el empleador podrá autorizar adelantar u otorgar vacaciones atrasadas.

Para autorizar las vacaciones en un período distinto, sólo se requerirá de la autorización del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y del acuerdo con el sindicato con personería gremial en caso de que sea necesario.

La LCT permite a los trabajadores disponer de la posibilidad de unas vacaciones diagramadas como consideren pertinente, siempre que no afecte el normal desenvolvimiento de la empresa.

El principal requerimiento que deberá tener el empleado es el de comunicar vía escrito con un máximo de 45 días de anticipación a la fecha del inicio de su receso, salvo casos específicos que dependen de las modalidades de cada actividad.

Asimismo, la regulación vigente del contrato de trabajo indica que las vacaciones deberán comenzar un lunes y, si ese día fuese feriado o día no laborable optativo y la empresa no trabajase, tendrán inicio al siguiente hábil.

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No obstante, en caso de que el empleado no opte por una licencia de corrido, es posible fraccionar los días que le correspondan al empleador para usarlos en otras épocas del año.

¿Cómo se calculan los días de vacaciones en Argentina? 

De acuerdo a la ley nacional, el cálculo de las vacaciones varían según la antigüedad que tenga el empleador en el mismo trabajo o bien, dependerá de los convenios colectivos de trabajo o acuerdos entre empresa e individuo que puedan propiciar condiciones más favorables.

Los días trabajados no son sólo aquellos en los que se concurrió a la empresa a trabajar, sino también aquellos días en los que se tuvo una excusa médica por alguna enfermedad, una licencia especial, por maternidad o paternidad, por accidente, entre otras.

El artículo 153 de la regulación de contrato de trabajo define la antigüedad a la prestación de servicios al 31 de diciembre:

-De no cumplir con el requisito de un mínimo de seis meses, se deberá otorgar un día de receso por cada 20 días trabajados.

-Entre los seis meses y cinco años corresponden 14 días corridos de descanso.

-Para aquellos empleados que superan los cinco años de trabajo podrán tener 21 días corridos de vacaciones.

-Más de 10 años, el empleado cuenta con 28 días corridos de licencia legal paga.

-En caso de haber prestado servicios en una misma empresa por 20 años o más serán 35 días.

Estos días que se definen de corridos hacen referencia también a sábados, domingos y feriados.

Queda prohibido aplicar modificaciones sobre la cantidad de días previstos por el artículo 150 de la LCT y por tanto, la forma de la retribución económica dispuesta en el artículo 155 de la LCT.

Pago de vacaciones

La LCT determina que la licencia de vacaciones será paga y esa retribución económica deberá ser satisfecha al inicio de las mismas o, en su defecto, reflejada en el recibo de sueldo. Este monto será el equivalente al promedio de las remuneraciones brutas semestrales o anuales registradas.

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Las vacaciones son un derecho al que no pueden renunciar los trabajadores en relación de dependencia. El objetivo principal del descanso es proteger la integridad tanto física como psicológica del empleado.

Acceder a un período de descanso, de esparcimiento, del disfrute familiar, tiene por decreto una finalidad higiénica para beneficiar la vida social del trabajador. Por tanto, está prohibido cambiar esa licencia por dinero.

Algunas indicaciones para calcular cómo se liquida el pago de las vacaciones: 

El cálculo del pago de las vacaciones en Argentina está determinado por el método que plantea el artículo 155 de la Ley: el sueldo mensual bruto será dividido por 25.

Si la remuneración del trabajador es fijada por día o por hora se deberá abonar por cada día de descanso el importe de la última jornada laboral, de acuerdo al promedio de los sueldos adquiridos durante el año u otras variables que se adecuen a la relación empleador y empleado.

Estas fórmulas también se aplican para calcular las vacaciones proporcionales o para aquellos que llevan más de cinco años prestando servicios para una misma empresa.

Ejemplo de liquidación de pago de vacaciones: si el sueldo bruto mensual es de $20.000, el trabajador recibirá $800 pesos por día como retribución.

20000 / 25 = 800

Cómo calcular vacaciones no gozadas

En caso de la finalización de una relación laboral, el empleado tiene el derecho de percibir la indemnización por vacaciones no gozadas y deberán ser proporcionales al tiempo de trabajo durante año.

Este pago de vacaciones se calcula en función de la última remuneración y se debe determinar acorde a la antigüedad que hubiera tenido si continuase trabajando hasta el 31 de diciembre.

Este cálculo se debe dividir por 365, el total de días del año, y multiplicar por los días corridos de descanso que percibía a la fecha del egreso de la empresa. De esta manera, se podrá definir la cantidad de días de licencia vacacional que corresponde liquidar al empleado.

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